Extremadura
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23 septiembre 2026
El PSOE de Extremadura ha respaldado la "plena validez" del procedimiento de recogida, verificación y validación de avales del proceso de primarias para la elección de la candidatura del partido a la Alcaldía de Badajoz.
Sobre las declaraciones de Anselmo Solana Hurtado, uno de los precandidatos, el PSOE de Extremadura ha precisado que el procedimiento se ha desarrollado "conforme a las normas establecidas y que, en todo momento, se han respetado los derechos de participación y alegación reconocidos a las personas que han concurrido" al mismo.
De esta forma, se ha pronunciado, después de que Solana haya criticado la "falta de transparencia" de este proceso interno cuya votación está prevista para el próximo sábado 26 y haya detallado que presentó 99 avales, pero que "algunos" fueron declarados "invalidados" y tras la queja presentada se quedaron en 95, a uno del mínimo exigido para poder ser proclamado candidato.
Solana ha explicado que, tras la investigación llevada a cabo por su precandidatura, averiguaron que el aval número 96 corresponde a una compañera "conocida" que hace su ficha de afiliación el pasado 21 de abril en la sede de la agrupación de Badajoz; así como que, después de reclamar al respecto, el departamento de afiliación en Madrid trasladó que la fecha que consta de afiliación de alta es el 3 de junio, cuando el cierre censal es el 1 de junio.
NO REUNÍAN LOS REQUISITOS DE LA NORMATIVA
El PSOE extremeño ha expuesto que, en el supuesto concreto al que se hace referencia, en primera instancia el Comité de Ética regional desestimó inicialmente las alegaciones formuladas respecto de los avales que habían sido declarados nulos, "al constatar que éstos no reunían los requisitos establecidos en la normativa".
En concreto, se trata de avales que presentaban duplicidad o que habían sido emitidos por personas cuya incorporación al censo electoral de este proceso se produjo con posterioridad al 1 de junio, fecha establecida para el cierre del censo de las primarias, según la Disposición Adicional Cuarta de los Estatutos Federales del PSOE.
En segunda instancia, el Comité de Ética y Garantía Federal del PSOE, tras el análisis de la cuestión planteada, ratificó igualmente la validez de la actuación realizada y la consideración como nulos de los avales afectados, por las mismas causas y de conformidad con las normas que regulan el procedimiento.
"Por tanto, no puede sostenerse que se haya producido ausencia de cauces de reclamación o falta de garantías para las personas participantes", ha incidido el PSOE extremeño, junto con que "al contrario, el procedimiento ha contemplado expresamente distintas instancias para formular alegaciones y recurrir las decisiones adoptadas, y dichos mecanismos han podido ser ejercidos por las precandidaturas afectadas".
El PSOE de Extremadura considera por todo ello que "el proceso ha contado con las garantías previstas", que se han respetado los derechos de los militantes y de las precandidaturas y que "se han habilitado y agotado los cauces establecidos para la formulación y resolución de las alegaciones planteadas".
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