15 enero 2021
El PSOE recalca que se perciba la moción de censura presentada en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros como un "favor político" pues, esta acción les "evitará seguir siendo los manijeros de la derecha" en esta localidad.
"Podemos Extremadura solo ha puesto el nombre a un equipo de gobierno desde el que nunca ha llegado a gobernar realmente en Jerez de los Caballeros, prueba de ello es que en este tiempo no han implantado ni una sola medida social de impacto que pudiera identificarse con políticas de izquierdas", ha apuntado el PSOE provincial.
Además, ha incidido, el trato laboral a los trabajadores del consistorio jerezano ha sido "de todo menos de izquierdas", llevándose a cabo "despidos improcedentes y denuncias por acoso laboral".
De esta forma, los socialistas pacenses han sostenido que el alcalde de Podemos de Jerez de los Caballeros, Juan Carlos Santana, ha sido una "marioneta en manos del Partido Popular, no ha dicho ni hecho nada sin la autorización de la portavoz 'popular' y teniente alcalde, Francisca Rosa".
En este sentido, ha criticado que los poderes atribuidos a la función del alcalde se "han otorgado a la Junta de Gobierno municipal, con mayoría del Partido Popular".
Por tanto, cuando la portavoz de Unidas por Extremadura y coordinadora de Podemos Extremadura habla de "fraude a la voluntad de la ciudadanía jerezana" olvida que, en las últimas elecciones municipales, dicho partido fue la última fuerza en obtención de votos, quedando a tres votos de quedarse sin representación en dicho ayuntamiento.
"Desde el PSOE de la provincia de Badajoz, y tras las muestras de ánimo y agradecimiento por parte de la ciudadanía jerezana, entendemos que Jerez de los Caballeros nunca aprobó el 'Pacto de la Torre Sangrienta' en donde se impuso a un alcalde rechazado por la mayoría de la ciudadanía", ha recalcado.
Asimismo, y atendiendo al Pacto Antitransfuguismo, en el caso de Jerez de los Caballeros ha defendido que "no se incumple el pacto puesto que el acuerdo respeta escrupulosamente lo dispuesto en el art.73 de la ley de Régimen Local, la concejala no adscrita no mejora su situación anterior ni se le asignan ventajas de orden económico ni político superiores a las que tenía".
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