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UCE recoge en guía fiscal cómo declarar ayudas Plan Renove en IRPF

La asociación explica a los extremeños cómo deben declarar esta subvención dedicada al mobiliario del hogar a la hora de hacer la declaración de la renta

29 enero 2018

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La Unión de Consumidores de Extremadura, en colaboración con la Secretaría General de Economía y Comercio de la Junta de Extremadura, ha editado una Guía Fiscal sobre el Plan Renove de Mobiliario de Hogar en la región, para explicar a los beneficiarios cómo deben declarar esta subvención a la hora de hacer la declaración de la renta.

La técnica de la UCE Laly Bermejo, ha presentado este lunes en rueda de prensa en Mérida esta Guía Fiscal del Plan Renove de Mobiliario, en la que ha explicado que "como normal general y salvo que la Ley expresamente lo indique", todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, "tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta".

En su intervención, Bermejo ha explicado que en el caso del Plan Renove de Mobiliario de Hogar se trata de una "subvención no sujeta a retención", por lo que se debe declarar la cantidad recibida en la declaración de la renta (IRPF) y tributar por ella como ingreso del año en el que percibió esta ayuda (2018).

Así, ha recordado que "es obligatorio" que a la hora de presentar la declaración de la Renta del 2018, en el año 2019, se deberá declarar la cantidad que hayamos recibido de subvención del Plan Renove de Mobiliario de Hogar en nuestra declaración de la renta.

Ha añadido que si se hace la declaración a través del borrador, es posible que al recibir éste, la cantidad que recibido a través del Plan Renove de Mobiliario del Hogar no aparezca contemplada, por lo que "puede que pensemos que no se tiene que declarar", tras lo que reitera la UCE que esa cantidad se debe en el IRPF y tributar por ella como ingreso del año en el que se percibió.

Por su parte, según se recoge en esta guía, en términos generales no están obligados a declarar esta subvención los contribuyentes cuyas rentas provengan de rendimientos íntegros del trabajo cuyo importe no supere la cantidad de 22.000 euros anuales, con carácter general o 12.000 euros anuales cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador.

Tampoco lo deberán declarar aquellas cuyas rentas procedan de rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales siempre que unos y otras hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales.

La guía señala que tampoco deberán declarar esta subvención los que procedan de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de la viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Además, tampoco deberán declarar esta subvención los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario o inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, sometidos o no a retención, hasta un importe máximo conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros, en tributación individual o conjunta.

MODO DE TRIBUTACIÓN
Esta guía fiscal recoge además que la tributación del Plan Renove de Mobiliario de Hogar forma parte de la base imponible general de la Renta, ya que se trata de "un ingreso no procedente de la transmisión patrimonial", por lo que "tributa como ganancia patrimonial y por lo tanto estará sujeta al tipo marginal en función de los rendimientos e ingresos obtenidos por el contribuyente", informa la UCE en nota de prensa.

Recuerda este colectivo que quizás en los datos fiscales que recibamos (los que nos remita Hacienda a partir del abril de 2019) no esté contemplada la ayuda recibida del Plan Renove de Mobiliario de Hogar, y por tanto, tampoco se traslade este dato económico al programa renta web, por lo que será el contribuyente el que tenga que modificar la declaración de la renta para incluirlo.

En concreto, el importe de la ayuda pública recibida del Plan Renove de Mobiliario se debe incluir en el apartado 'Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales', que aparece en la casilla 269 del programa Renta Web.

Además de en formato papel, esta guía puede consultarse en PDF en la dirección http://www.ucex.org/Comercio/UCE_mobiliario.html, y también se ha habilitado el correo electrónico planrenovemobiliario@ucex.org para resolver dudas en este sentido.
 

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