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120 centros educativos de Extremadura reducen horario lectivo ante la ola de calor

La "principal medida" que se adopta es la de terminar las clases entre las 12,00 y 12,30 horas, junto a otras como reducir las actividades en el exterior.

13 junio 2022 | Publicado : 12:06 (13/06/2022) | Actualizado: 23:29 (13/06/2022)

Ep.

Un total de 120 centros educativos de Extremadura han notificado a la Secretaría General de Educación este lunes la adopción de medidas de flexibilización horaria debido a la ola de calor, tras el acuerdo del Consejo Escolar del centro.

De esta forma, la "principal medida" que se adopta es la de terminar las clases entre las 12,00 y las 12,30 horas, junto a otras medidas como reducir las actividades en el exterior o cambiar a los alumnos de aula si es necesario.

Estos 120 colegios suponen el 13,48 por ciento de los 890 centros educativos de la región, y la la mayoría de los centros adoptan estas medidas pertenecen a la provincia de Badajoz, entre los que destaca la capital pacense son 17 centros, cinco de ellos institutos y el resto de primaria, mientras que de Mérida lo han adoptado cinco centros, uno de ellos un IES y el resto colegios, según informan fuentes de la Consejería de Educación a Europa Press.

Así lo ha explicado el secretario general de Educación, Francisco Javier Amaya, quien ha señalado que estas medidas se prevé que puedan estar en vigor hasta el próximo miércoles, cuando está previsto que las temperaturas disminuyan

El objetivo de esta medidas es "convivir con el cambio climático, convivir con las altas temperaturas y proteger a los miembros de la comunidad educativa, no solo a los alumnos sino también a los trabajadores", ha resaltado el secretario general de Educación, quien ha señalado que las altas temperaturas "se están acelerando con el paso de los años".

RECOGIDO EN EL CALENDARIO ESCOLAR

Cabe recordar que el Calendario Escolar incluye cada curso, desde el curso 2018-2029, la adopción de medidas extraordinarias en circunstancias meteorológicas excepcionales, entendidas como tal aquellas que así se definan según los criterios establecidos en el Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos (Meteoalerta) y según la previsión de los correspondientes boletines de aviso que emita la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet).

Así, en el caso de darse estas circunstancias meteorológicas excepcionales, en su ámbito geográfico, las direcciones de los centros públicos, previo informe favorable de su correspondiente Consejo Escolar, podrán acordar desarrollar actividades adaptadas a la situación climatológica, lo que podría incluir, en su caso, la reducción de la jornada lectiva del alumnado que estuviera establecida con carácter general.

Además, los Consejos Escolares podrán establecer, a principio de curso, los criterios para adaptar la jornada y las actividades lectivas cuando se produzcan las circunstancias meteorológicas excepcionales establecidas.

En caso de reducción de la jornada lectiva, los alumnos acudirás al centro dentro de dicho horario, aunque se asegura la posibilidad de que aquel cuya familia lo solicite pueda permanecer en el centro hasta la finalización de las actividades lectivas que correspondieran normalmente o bien no asistir a clase durante esos días, previa comunicación a la dirección o titularidad. En cualquier caso, se garantizarán los horarios y prestación de los servicios de comedor y transporte escolar.

La dirección o titularidad del centro deberá comunicar, de forma inmediata, las medidas adoptadas a esta Secretaría General de Educación y darles la adecuada publicidad, informando, expresamente, de la garantía de permanencia en el centro durante toda la jornada lectiva habitual del alumnado cuya familia lo solicite.

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