quiron 2025

Por delitos de prevaricación administrativa

Los nueve acusados restantes del 'caso David Sánchez', condenados a 9 años inhabilitación

La sentencia señala que la plaza que se adjudicó al hermano del presidente del Gobierno "no era ni necesaria ni menos aún urgente".

14 July 2026

Ep.

La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a los nueve acusados restantes, excepto David Sánchez y Gallardo, en el caso de la contratación del hermano de Pedro Sánchez, en la Diputación de Badajoz en 2017, a nueve años de inhabilitación cada uno por delitos de prevaricación administrativa.

Así se recoge en la sentencia dictada este martes por la Audiencia Provincial de Badajoz, recogida por Europa Press, en la que a lo largo de sus 378 páginas señala que la plaza que se adjudicó al hermano del presidente del Gobierno "no era ni necesaria ni menos aún urgente" y se realizó "a medida del interesado, pensada en definitiva para una persona en concreto" como es David Sánchez, y que todos los acusados "pasaron por encima de la ley" para conseguir este objetivo, en un plan preconcebido.

En concreto, al que era entonces presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, le ha condenado a 18 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo, por dos delitos de prevaricación administrativa.

Los dos delitos se corresponden con la creación de la plaza de coordinador de las actividades de los conservatorios que se adjudicó a David Sánchez en 2017, y su posterior modificación a la de jefe de la Oficina de Artes Escénicas en 2022.

En el caso de David Sánchez Pérez-Castejón, el tribunal lo condena como autor por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa, en el caso de la modificación de su plaza en 2022, a la pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

OTROS NUEVE ACUSADOS, TODOS CONDENADOS

También ha sido condenado a nueve años de inhabilitación Luis María Carrero, amigo de David Sánchez, como autor por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa, quien ocupó la plaza que se creó en 2023 en la Diputación de Badajoz en la sección de actividades transfronterizas.

Por su parte, el actual diputado de Cultura y el director de éste área en la Diputación de Badajoz, Ricardo Cabezas y Manuel Candalija, respectivamente, han sido condenados a nueve años de inhabilitación cada uno, el primero como autor y el segundo como autor por cooperación necesaria, de un delito de prevaricación, en el caso de la creación en 2023 de la plaza que se adjudicó en comisión de servicio a Luis Carrero, amigo de David Sánchez.

Respecto a la exdiputada y exdirectora del área de Cultura en 2017, cuando se creó la plaza inicial de David Sánchez, Cristina Núñez y Elisa Moriano, respectivamente, ambas han sido condenadas, como autoras por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa, a una pena de inhabilitación de nueve años para cada una.

Por su parte, los trabajadores de Diputación de Badajoz Juana Cintas, Emilia Parejo y Francisco Martos también han sido condenados a nueve años de inhabilitación, como autores por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa, en este caso por la modificación en 2022 de la plaza que ocupaba David Sánchez.

Finalmente, el funcionario de Recursos Humanos de la Diputación de Badajoz Félix González Márquez, también ha sido condenado a nueve años de inhabilitación como autor por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa, por la creación de la plaza que ocupó David Sánchez en 2017.

PAGO DE LA MITAD DE LAS COSTAS

La sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz condena además a los acusados al pago de la mitad de las costas procesales, prorrateadas, incluyendo las ocasionadas por las acusaciones populares, atribuyendo al acusado Miguel Ángel Gallardo dos duodécimas partes de las éstas, y al resto de los acusados una décima parte a cada uno.

Por otra parte, el tribunal absuelve a todos los acusados del resto de las infracciones penales que se les imputaban, y no se pronuncia en materia de responsabilidad civil por falta de legitimación de las partes acusadoras.

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