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En una huelga

Un juzgado avala el despido de un empleado de Ambulancias Tenorio por impedir un servicio

Se negó a gestionar el traslado en ambulancia de un niño de 2 años que necesitaba someterse a varias pruebas médicas en un hospital de Madrid.

14 febrero 2023

El Juzgado de lo Social número 3 de Badajoz ha declarado procedente el despido de un delegado sindical de la empresa Ambulancias Tenorio, anterior adjudicataria del servicio de transporte sanitario terrestre en Extremadura, motivado por negarse a gestionar el traslado de un paciente durante una jornada de huelga en septiembre de 2020.

En concreto, se negó a gestionar el traslado en ambulancia de un niño de 2 años de edad que necesitaba someterse a varias pruebas médicas en un hospital de Madrid debido a una grave enfermedad, según detalla la empresa en una nota de prensa.

De hecho, el trabajador, al que la empresa comunicó la finalización de la relación laboral por causas disciplinarias, era Jefe de Tráfico de la zona territorial de Llerena-Zafra dentro de la empresa Ambulancias Tenorio.

El juzgado sustenta su fallo en la actitud del trabajador, ya que durante una huelga, y en su condición de Jefe de Tráfico, se "negó a cumplir los servicios mínimos establecidos" y a que se realizara dicho traslado.

La justicia considera probado que el trabajador, que además era delegado sindical en la jornada del 8 de septiembre de 2020, Día festivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dejó de prestar el servicio de traslado en ambulancia del niño desde Higuera la Real hasta el Hospital de La Paz de Madrid, donde tenía tres citas hospitalarias programadas con los médicos especialistas a fin de preparar una posterior intervención quirúrgica.

Dicha convocatoria de huelga incluía una serie de servicios mínimos, entre los que se encontraba el transporte programado no urgente, como el que requería este niño, detalla la empresa.

La sentencia considera que "el derecho de huelga no debe afectar a otros derechos también fundamentales como el derecho a la vida e integridad, o bien otros no fundamentales, pero de innegable relevancia como el derecho a la salud".

En este sentido establece que "el servicio relativo al menor no debió verse afectado por el derecho de huelga, máxime cuando el delegado sindical fue advertido de tal circunstancia y tuvo conocimiento de que era un servicio mínimo amparado por la normativa aplicable".

Según contiene la sentencia, "no debió considerarlo como un servicio más. La causa de la falta de cumplimiento adecuado no fue la inconcreción del establecimiento de los servicios mínimos o la insuficiencia de medios".

En este punto profundiza en la actitud del trabajador, que "decidió no cumplir la orden del Jefe de Sala", como ha quedado acreditado, sin tener en cuenta la necesidad del menor.

El pronunciamiento del Juzgado da la razón a la empresa Ambulancias Tenorio que acordó el despido del trabajador siguiendo lo establecido en el convenio colectivo como falta grave, teniendo en cuenta que se produjo un "evidente perjuicio" a la salud del menor que sufrió un retraso de al menos 50 días en las consultas y pruebas programadas.

El CEO de Tenorio Grupo Empresarial, Javier Sánchez, ha recordado que aquellos días de huelga en Extremadura la empresa denunció públicamente el comportamiento de ciertos trabajadores, quienes "antepusieron sus intereses sindicales, políticos y personales no solo a la legislación vigente incumpliendo los servicios mínimos, sino a la propia salud de los ciudadanos, tal y como se ha demostrado con esta sentencia".

A partir de esta sentencia, los servicios jurídicos de la compañía están analizando la posibilidad de emprender acciones penales contra este exdelegado sindical, debido a un "presunto incumpliendo de su deber de atención sanitaria debido al puesto y funciones que ocupaban".

Finalmente, la empresa asegura que "nuevamente se demuestra" que Ambulancias Tenorio no fue responsable de la "irregular" situación que se produjo con el transporte sanitario en Extremadura, ya que "sentencia tras sentencia se demuestra el conjunto de factores externos que impidieron" a la empresa poder realizar su trabajo "con la normalidad necesaria y los estándares de calidad que siempre han sido estandarte de esta empresa".

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