Extremadura
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17 noviembre 2020 | Publicado : 13:42 (17/11/2020) | Actualizado: 22:24 (17/11/2020)
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica una resolución de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad por la que se abre el plazo para solicitar subvenciones para actuaciones de fomento de energías renovables en Extremadura, por un importe total de 8.760.000 euros, así como actuaciones de ahorro y eficiencia energética, por un importe de 3.600.000 euros.
Para ambas convocatorias, que cuentan con la financiación de los fondos FEDER, los interesados pueden presentar la solicitud a partir de mañana miércoles, 18 de noviembre, según se recoge en el documento publicado, con un plazo de seis meses.
En el caso de las energías renovables, se subvencionan instalaciones de producción de energía térmica que utilicen biomasa como combustible, instalaciones de aprovechamiento de energía solar térmica de baja temperatura, instalaciones de producción de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos, aisladas y de autoconsumo de energía eléctrica, e instalaciones de biogás para producción de energía térmica y/o eléctrica.
Asimismo, se contemplan como actuación subvencionable las instalaciones solares térmicas de concentración de media temperatura para aplicaciones industriales, instalaciones de geotermia, aerotermia e hidrotermia mediante bombas de calor de alta eficiencia.
La convocatoria establece tres líneas de subvención, según el tipo de beneficiario. La línea 1 está dirigida a particulares; la línea 2, a los municipios y entidades locales menores y la línea 3, al sector empresarial.
En cuanto a la disposición de la ayuda, oscila entre el 80 por ciento que pueden percibir los municipios y el 55 por ciento para el resto de beneficiarios, lo que supone un incremento de 15 puntos porcentuales con respecto a la convocatoria anterior.
AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
En el caso de la línea de ayudas para actuaciones de ahorro y eficiencia energética, se contemplan como beneficiarios los municipios y entidades locales, así como las empresas privadas y sus agrupaciones, que tengan la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), personas físicas (autónomos), sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades cooperativas, sociedades agrarias de transformación y sociedades civiles con personalidad jurídica. Hay que añadir también a las comunidades de bienes, que sean empresas y siempre que realicen una actividad económica.
Entre las actuaciones subvencionables se incluyen las auditorías energéticas, la sustitución de equipos de frío o calor por otros más eficientes, la sustitución o mejora de equipos y/o instalaciones existentes de producción de calor y frío destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas por otras de alta eficiencia energética, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior y exterior existentes, o la sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía en estaciones de depuración de aguas residuales y sistemas de abastecimiento de agua potable, entre otros trabajos.
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