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Conexión con Portugal

Modificación anteproyecto de la autovía EX-A1 no necesitará una nueva evaluación ambiental

Contará con dos calzadas, cada una con dos carriles de 3,50 m., arcenes exteriores de 2,50 m. e interiores de 1 m., bermas y una mediana de 10 m.

30 octubre 2026

Ep.

La modificación del anteproyecto de la autovía EX-A1 conexión con Portugal y nuevo puente internacional sobre el el río Erjas no necesitará una nueva evaluación ambiental.

Así se recoge en una resolución de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación de dicho proyecto a realizar en el término municipal de Zarza la Mayor (Cáceres) y cuya promotora es la Dirección General de Infraestructuras.

La resolución, recogida por Europa Press, indica que la modificación consiste en la construcción del tramo final de la autovía autonómica EX-A1 para su conexión con Portugal, de 2.720 metros de longitud, aunque los últimos 400 metros quedarán sometidos a una tramitación ambiental internacional independiente.

La autovía contará con dos calzadas, cada una con dos carriles de 3,50 metros, arcenes exteriores de 2,50 metros e interiores de 1 metro, bermas y una mediana de 10 metros.

La actuación incluye dos ramales de conexión con la EX-108, la reposición de cinco caminos, un viaducto de 270 metros de enlace con la EX-108, dos pasos inferiores para caminos, dos marcos de 15 por 5 metros sobre el Regato del Cura y un arroyo innominado, que funcionarán también como pasos de fauna, y dos pasos específicos para pequeños vertebrados de 2 por 2 metros.

Asimismo, se instalará un cerramiento perimetral continuo dotado de dispositivos de escape para la fauna y se habilitarán pasos de mediana, precisa la resolución, que añade que, analizado el impacto de la modificación sobre los valores ambientales afectados, se desprende que no se van a producir afecciones nuevas a las ya evaluadas en el proyecto original.

Por ello, se mantiene la declaración de impacto ambiental de 2006, aunque se actualiza con la incorporación de determinadas medidas preventivas, correctoras y compensatorias en ámbitos como el arqueológico y conservación de la naturaleza y áreas protegidas.

MEDIDAS PARA PROTEGER LA NATURALEZA

Entre esas medidas se contempla que, si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura que pudiera verse afectada por las mismas, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural, previa comunicación de tal circunstancia.

También se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales, mientras que para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación y se respetarán las zonas adyacentes naturales bien conservadas, seleccionando áreas degradadas.

Los movimientos de tierras serán los mínimos imprescindibles; no se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo en zonas próximas a los cauces (distancia mínima de 5 metros), ni donde puedan interferir en la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho en el caso de lluvia o escorrentía superficial.

Asimismo, se debe asegurar la restauración ambiental de los terrenos afectados por las obras. En las ocupaciones temporales, zonas de acopios y del parque de maquinaria, se procederá a la descompactación de los suelos afectados y serán revegetadas convenientemente mediante la implantación de especies autóctonas colonizadoras de terrenos desnudos y fijadoras de suelo, como siembra de herbáceas (gramíneas y leguminosas, principalmente) y plantación de leñosas bajas.

Por otro lado, las actuaciones proyectadas sobre los cauces no podrán comprometer la continuidad fluvial ni alterar las condiciones hidromorfológicas que tiene el cauce aguas arriba y abajo de la actuación.

La resolución también establece que sería recomendable complementar la medida 'Medidas compensatorias encaminadas hacia restauración paisajística'. Así, para compensar la pérdida del hábitat, se propone la plantación de al menos 242 encinas, que equivaldría a una compensación de una encina plantada por cada pie cortado.

Las actuaciones deberán realizarse in situ, como la plantación de las encinas en las zonas restauradas de la propia infraestructura y el mantenimiento de dichas plantaciones hasta garantizar su establecimiento.

Se garantizará la viabilidad de dichas plantaciones, debiéndose realizar los cuidados necesarios que incluirán, entre otras actuaciones, las reposiciones de marras necesarias, así como los riegos de apoyo durante los primeros años, que garanticen la persistencia de las plantas.

Además, de forma previa al comienzo de las obras, se realizará una prospección faunística con el fin de detectar puestas o nidos que pudieran verse afectados durante el desarrollo de las obras y para detectar la presencia de especies sensibles en la zona y no se llevarán a cabo trabajos nocturnos con profusión de luces y emisión de ruidos.

Por otra parte, y como medida de fomento de la conservación de fauna protegida, el Plan de Obra deberá incorporar un cronograma ambiental de ejecución que establezca la suspensión de los trabajos susceptibles de generar molestias significativas para la avifauna en el tramo inicial del proyecto, comprendido entre el inicio de la actuación (p.k. 23+980) y el entorno del enlace con la EX-108.

Con carácter general, no podrán desarrollarse entre el 1 de marzo y el 31 de julio, correspondiente al periodo sensible de especies de avifauna protegida presentes en el entorno.

Del mismo modo, se evitará la instalación de cerramiento perimetral bajo el viaducto, ya que se produciría una notable reducción de la anchura efectiva de los sectores por donde puede desplazarse la fauna a través de la infraestructura.

También indica la resolución que se comprobará la eficacia de las medidas preventivas y correctoras establecidas y ejecutadas y, cuando tal eficacia se considere insatisfactoria, se determinarán las causas y se establecerán los remedios adecuados.

En las zonas de actuación cercanas a cauces se deberán extremar las precauciones en cuanto a la emisión de partículas y vertidos accidentales de mezclas bituminosas que puedan afectar a la vegetación y fauna a esos cauces asociada.

Una vez finalizadas las obras se deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradable generado por la maquinaria u operarios, entre otras medidas.

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