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Cinco alcaldes testifican que no han recibido presiones de Diputación para retirar cruces

Ante la querella interpuesta por la Asociación Española de Abogados Cristianos en el caso de la retirada de las cruces de los pueblos.

21 junio 2022 | Publicado : 12:06 (21/06/2022) | Actualizado: 18:25 (21/06/2022)

Ep.

Los alcaldes de cinco localidades cacereñas, entre ellas Cáceres además de Gargüera de la Vera, Brozas, Talaveruela de la Vera y Barrado, han acudido este martes al Juzgado de Instrucción nº 3 de la capital cacereña donde han sido citados como testigos en el caso que se instruye contra el presidente de la Diputación de Cáceres, Carlos Carlos, ante la querella interpuesta por la Asociación Española de Abogados Cristianos en el caso de la retirada de las cruces de los pueblos.

Tanto el alcalde de Cáceres, Luis Salaya, como los otros cuatro regidores han declarado que la diputación cacereña no les ha presionado para que retiren esos símbolos de sus municipios, tal y como sostiene la asociación, que denunció al presidente de la institución provincial por entender que había vinculado determinadas subvenciones a la retirada de las cruces de los municipios.

La denuncia fue archivada en enero de 2022 y Abogados Cristianos interpuso un recurso ante la Audiencia Provincial de Cáceres que fue admitido a trámite y por el que se ordenaba a juzgado que tomara declaración como testigos a los alcaldes citados por la asociación.

Esta testifical se ha producido a primera hora de esta mañana en el Palacio de Justicia de la capital cacereña donde los cinco alcaldes han declarado que "no" han sido presionados por la Diputación de Cáceres.

"Para sorpresa de todos y en contra de toda la documentación aportada ellos han negado que haya ningún tipo de presión por parte de la Diputación de Cáceres", ha señalado a los medios el abogado defensor de la Asociación de Abogados Cristianos, José María Fernández Abril, al término de las declaraciones de los regidores cacereños.

Según Fernández Abril la declaración de los cinco alcaldes "se contrapone con la documentación que hemos presentado y que vamos a presentar en los próximos días porque vamos a ampliarla", ha dicho el abogado, que insiste en que se va a incidir en que se presionó a los alcaldes porque "está demostrado documentalmente en las comunicaciones entre diputación y ayuntamientos".

Ninguno de los alcaldes ha hecho declaraciones ni a la entrada ni a la salida del juzgado, adonde han accedido por una puerta lateral para evitar las cámaras. Una vez tomada la declaración a los cinco regidores citados como testigos, el juez deberá decidir si procede la continuación de la actuación o el sobreseimiento de la causa.

Cabe recordar que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cáceres procedió el pasado mes de febrero al sobreseimiento y archivo de la denuncia interpuesta por la Asociación Española de Abogados Cristianos contra el presidente de la diputación cacereña.

La denuncia había sido registrada en marzo de 2021 por la citada asociación al entender que por parte de la Diputación de Cáceres se presionó a diversos ayuntamientos para que retiren las cruces que hay en sus respectivos municipios. Una presión que se lleva a cabo, según la denuncia, a través de vincular la concesión de subvenciones a dicha retirada de estos símbolos cristianos.

El juzgado reconoció en su sentencia que "no existe relación alguna entre la concesión de subvenciones a los municipios y el cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica", por lo que la Diputación de Cáceres no invade competencias municipales.

Los demandantes recurrieron la sentencia y ahora la Audiencia Provincial ha admitido el recurso por lo que se ha reabierto la causa contra el presidente de la diputación cacereña, por intentar acabar con símbolos cristianos bajo el paraguas de la Ley de Memoria Histórica, ya que esta asociación entiende que esas cruces ya no están asociadas a ninguna época histórica pasada y solo son un símbolo religioso.

Por ello, Abogados Cristianos acusa al presidente de la Diputación de Cáceres de un delito de prevaricación (art. 404 CP) con el agravante de discriminación y otro delito de odio (art. 510 CP).

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