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Un varón en Plasencia deberá pagar 900 euros por falsificar la pegatina de la ITV

Después de que la Guardia Civil lo descubriera mientras circulaba con la inspección técnica del vehículo caducada.

26 febrero 2021 | Publicado : 13:02 (26/02/2021) | Actualizado: 17:59 (26/02/2021)

Un hombre de 47 años de edad ha sido condenado en Plasencia (Cáceres) al pago de una multa de tres meses, a razón de tres euros diarios (900 euros en total), como autor de un delito de uso de certificación falsa, después de que la Guardia Civil lo descubriera mientras circulaba con la inspección técnica del vehículo caducada, aunque en el parabrisas delantero llevaba puesta una pegatina de la ITV que indicaba lo contrario.

En concreto, los hechos tuvieron lugar el pasado día 11 de febrero, cuando agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Plasencia (Cáceres) se disponían a formular un boletín de denuncia a un vehículo.

En ese momento, observaron que llevaba colocada en la luna delantera un distintivo V-19 (pegatina de ITV) que tenía como fecha de validez septiembre de 2021, cuando el vehículo tenía caducada la ITV desde el mes de mayo de 2020.

Realizadas las oportunas averiguaciones, dieron como resultado que el vehículo había pasado su última inspección técnica en el mes de julio de 2018, por lo que el distintivo que llevaba colocado no le correspondía, según informa en una nota de prensa la Guardia Civil.

El conductor y titular del vehículo, un varón de 47 años de edad y nacionalidad española, fue investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de guardia, de Plasencia (Cáceres), por la supuesta comisión de un delito de uso indebido de certificados, consistente colocar un adhesivo justificativo de una inspección técnica favorable en su vehículo, cuando la tenía caducada desde el mes de mayo de 2020.

En el juicio rápido celebrado por estos hechos, el titular del vehículo ha sido condenado como autor de un delito de uso de certificación falsa, tipificado en el artículo 399. 2 del Código Penal, a una pena de multa de tres meses, a razón de tres euros diarios, además de tener que hacer frente al pago de las costas del procedimiento.

GARANTÍA DE SEGURIDAD

Así, la Guardia Civil recuerda que la inspección técnica periódica garantiza que los vehículos estén en buenas condiciones desde el punto de vista de la seguridad durante su uso.

Por ello, con estas "negligentes y peligrosas prácticas", contrarias a la Seguridad Vial, "se pone en riesgo, no sólo al propio conductor y a los demás ocupantes del vehículo, por el riesgo de sufrir un accidente, sino al resto de usuarios de la vía".

En este sentido, una reciente sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 25 de junio de 2020, resuelve afirmativamente que la pegatina de la ITV tiene la consideración de documento oficial o de certificación a los efectos de los delitos de falsedad, de modo que la utilización no autorizada de este distintivo oficial, sin haber superado la ITV, puede ser constitutiva de un delito de uso de certificación falsa, tipificada en el Código Penal y castigada la pena de multa de tres a seis meses.

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