quiron salud
  • |
Región Digital

Padrón de habitantes de Barcarrota de 1871, documento mes del Archivo Provincial Badajoz

Forma parte del fondo municipal, organizado, clasificado y descrito por la Sección de Asistencia Técnica a Archivos Municipales de la Diputación de Badajoz

02 julio 2020

El Archivo Provincial de la Diputación de Badajoz ha presentado como documento de este mes de julio el Padrón de almas y vecinos de 1871 de la Villa de Barcarrota.

En concreto, este documento forma parte del fondo municipal, organizado, clasificado y descrito por la Sección de Asistencia Técnica a Archivos Municipales de la Diputación de Badajoz, a través del Programa de Organización de Archivos Municipales de Extremadura (Poamex).

Un programa este último que es el resultado de la cooperación entre las diputaciones provinciales de Badajoz y Cáceres y la Junta de Extremadura, materializada a través de sucesivos convenios de colaboración firmados desde el año 2005.

A su vez, en el caso de los trabajos sobre este Archivo municipal, en el citado programa se llevaron a cabo entre noviembre de 2014 y diciembre de 2015 y no sólo se realizaron las mencionadas actuaciones técnicas, sino que también se llevaron a cabo otras, entre las que cabe destacar la digitalización de las actas de plenos y otros documentos, completando así esta acción ya iniciada en el marco de otros proyectos del Archivo.

El fondo municipal comprende 33 padrones y censos de población y el documento del mes del Archivo Provincial se denomina en su portada 'Padrón de almas y vecinos de esta Villa' con un total de 70 hojas.

Los datos que recoge son nombre de la calle, número de orden, número de la casa, vecinos, residentes, nombres, edad, casados, viudos, solteros, casadas, viudas, solteras, y si tiene derecho electoral, según indica la Diputación pacense en una nota de prensa.

La Ley municipal de 20 de agosto de 1870, ha continuado, en uno de sus artículos especifica que los habitantes de un término municipal se clasificaban en residentes y transeúntes, y los primeros en vecinos y domiciliados, estando los ayuntamientos obligados a formar el padrón de habitantes a cada cinco años.

Finalmente, los consistorios debían enviar todos los años a sus respectivas diputaciones provinciales un resumen del número de vecinos domiciliados y transeúntes, en la forma que para el censo de población determinase el Gobierno.

Da tu opinión

NOTA: Las opiniones sobre las noticias no serán publicadas inmediatamente, quedarán pendientes de validación por parte de un administrador del periódico.

NORMAS DE USO

1. Se debe mantener un lenguaje respetuoso, evitando palabras o contenido abusivo, amenazador u obsceno.

2. www.regiondigital.com se reserva el derecho a suprimir o editar comentarios.

3. Las opiniones publicadas en este espacio corresponden a las de los usuarios y no a www.regiondigital.com

4. Al enviar un mensaje el autor del mismo acepta las normas de uso.