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EL REAL DECRETO 310/2016, DE 29 DE JULIO

23 septiembre 2016

Por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato...

En el Boletín Oficial del Estado correspondiente al pasado sábado, 30 de julio, se publicaba el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, con el que desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se disponía la estructuración de las nuevas evaluaciones finales de etapa individualizadas en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato, buscando el desarrollo de los artículos 29 y 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

Las especificaciones de este Real Decreto se comenzarán a aplicar en el inmediato curso escolar 2016-2017. Ambas revalidas evaluatorias serán obligatorias para obtener el título de la etapa y la de Bachillerato servirá también para acceder a la Universidad. Así, las pruebas que el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria habrán de efectuar –y de padecer como aquellas viejas reválidas que sus abuelos hubimos de soportar y que creíamos ya felizmente olvidadas con el pasado tiempo dictatorial que las produjo- serán elemento que acecha el futuro de nuestros hijos y nietos, porque de nada les valdrán las calificaciones positivas obtenidas a lo largo de sus cuatro años de formación y estudio si no superan esta nueva prueba que un Gobierno en funciones es capaz de poner, sin rubor alguno, en funcionamiento, cuando, presuntamente parece que desde instancias oficiales se había asegurado y garantizado que la LOMCE, la Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa, era negociable. Y parece que la negociación ha brillado por su ausencia.

Porque ya al final del curso 2017-2018 los alumnos que terminen la Educación Secundaria Obligatoria tendrán que aprobarla como condición inexcusable para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Es decir, que el alumnado, incluso un alumno brillante que tenga un mal día, se enfrenta a la posibilidad y al riesgo de tirar por la borda el trabajo y su esfuerzo de cuatro años. Atento a la que se les viene encima.

La situación en el Bachillerato es similar. En el final del curso 2016-2017 sólo servirá para acceder a la Universidad, pero en el curso siguiente, el alumno que suspenda la prueba específica ahora establecida, la nueva reválida de arcaicos recuerdos para quienes hubimos de padecerla y contemplábamos angustiados como muchos de nuestros amigos y compañeros la suspendían una y otra vez, truncando así sus esperanzas de alcanzar niveles educativos superiores, no alcanzará su título de Bachiller, es decir, habrá perdido su trabajo de los dos últimos años. Nuevo y necesario toque de atención.

Por las disposiciones del Real Decreto 310/2016, el alumnado de Cuarto de Secundaria habrá de enfrentarse a siete pruebas, correspondientes a cuatro asignaturas de carácter troncal, a dos exámenes de materias opcionales y de una específica, elegida por el alumno

En la determinación de la nota final se tendrá en cuenta las correspondientes a la Etapa y las de la evaluación final que constituye una auténtica reválida. Se ponderará con un setenta por ciento las calificaciones medias obtenidas a lo largo de los cuatro cursos de la Etapa y un treinta por ciento la nota media alcanzada en la reválida final.

De manera similar, el alumnado de segundo curso de Bachillerato habrá de enfrentarse a los exámenes de cinco asignaturas troncales, de dos materias opcionales y una específica, también a elección del alumno, Para el cálculo y determinación de la nota final, la que decidirá en el albur de un solo examen, que el alumno obtenga su título de bachiller que hasta ahora se alcanzaba con la evaluación positiva de todas las materias otorgada por sus profesores en su Centro educativo, se ponderará en un sesenta por ciento el valor medio de las notas otorgadas por sus Profesores de Bachillerato y en un cuarenta por ciento sobre la calificación final de la reválida.

En definitiva, a lo largo de cuatro días -ese es el tiempo determinado por el Decreto ministerial para la realización de las pruebas en las Comunidades autónomas sin lengua cooficial- el alumno, cada alumno, nuestros hijos y nuestros nietos, estarán jugándose a una única carta todo su esfuerzo pasado y, lo más duro y dramático, buena parte de las condiciones vivenciales de su existencia futura, de tal forma que los resultados de esa prueba tendrán una trascendencia vital para la evolución de muchos alumnos.

Como estaba anunciado y era previsible en función de manifestaciones previas, diversas Comunidades autónomas manifestaron de inmediato su total y pleno rechazo a la nueva norma, demandando al Ministro en funciones la inmediata reunión de la Conferencia Sectorial de Educación. Por su parte, Cataluña ya ha comunicado su recurso al Real decreto mientras que otras Comunidades, entre las que se encuentra Extremadura, anunciaban estar estudiando semejante decisión, ya adoptada. Y, por obvias razones de espacio, no puedo traer aquí las opiniones que contra el decreto están divulgando los distintos responsables de las Consejerías de Educación.

Porque no puede olvidarse que todas las Comunidades autónomas, con la excepción de Madrid, Castilla y León, Galicia y La Rioja, ya el pasado 13 de mayo, habían manifestado al Ministro su oposición a este sistema de evaluación cuya superación era requisito inexcusable para la obtención del título en ambas etapas.

Y en modo alguno ha de olvidarse la problemática que habrá de padecer y sufrir en sus carnes y en sus proyectos futuros de vida los alumnos que no obtengan la evaluación positiva ya que aquellos que suspendan la reválida de Educación Secundaria Obligatoria no sólo no podrán alcanzar una titulación que es obligatoria para todos españoles –el título de Graduado en Educación Secundaria- sino que sólo podrán continuar su educación e instrucción a través de la Formación Profesional Básica. Por su parte, el alumno suspenso en la reválida de Bachillerato, no podrá llegar a cursar estudios universitarios y si a ciclos formativos de Grado Superior.

No sólo las Comunidades autónomas han mostrado su oposición al nuevo y retrogrado sistema de resucitar viejas reválidas y así, por ejemplo, la UGT. ha anunciado su recurso a las “reválidas” argumentando su oposición en considerarla como una norma elaborada no sólo sin el más mínimo consenso sino a espaldas y total desprecio de la globalidad de las Comunidades Educativas y en la que se pone en duda el constitucional derecho fundamental a la educación. E igualmente recuerda que el Congreso de los Diputados había aprobado la toma en consideración de la paralización de la normativa LOMCE.

Por su parte, y de modo semejante, Comisiones Obreras ha llegado a asegurar que la derogación de la LOMCE y de modo especial su sistema de reválidas, es prioritaria para la formación del nuevo Gobierno. Y en el mismo sentido se ha manifestado la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado (CEAPA) de recurrir la norma aprobada por un Ejecutivo en funciones.

Por otro lado, en una encuesta recién elaborada por la Universidad Autónoma de Madrid (http://elpais.com/elpais/2016/08/09/media/1470737264_945899.html ) a 6.054 docentes se concluye con que cerca de nueve de cada diez de los entrevistados, el 89,6 %, son de la opinión de que la LOMCE es de todo punto ineficaz en los propósitos de mejorar la educación que reciben su alumnado y entre los encuestados, el 80 está en contra de las evaluaciones externas/revalidas impuestas a los jóvenes españoles.

Las movilizaciones en la Comunidad extremeña han sido también inmediatas. Así, parece que el Presidente de la Freapa (Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Extremadura), mostraba su opinión según la cual, las reválidas desprestigian las labores de maestros y de profesores. Los sindicatos docentes ANPE y CSIF coinciden en manifestar no oponerse a la prueba final, pero entienden de todo punto insostenible la dependencia de la obtención del título con el aprobado de la reválida, que lleva al Sistema educativo español a prácticas de hace más de seis décadas.

Es en esta modificación introducida sin el más mínimo consenso, donde se encuentra la fundamental objeción a la nueva norma ya que aquellos chicos y chicas que no reciban evaluación positiva en las reválidas de 4º de ESO y 2º de Bachillerato, el que se desea, se intenta y se pretende hacer pasar por simple examen final, hurtando a la opinión pública su plena y auténtica condición y plena caracterización de reválida, no podrán alcanzar sus respectivos títulos,…a pesar de haber sido evaluados positivamente en todas las materias de todos los cursos.

Termino. Como Alfonso VI contestaba a Rodrigo Díaz de Vivar, “Cosas tenedes, Cid, que farán fablar las piedras”.

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