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EL CURRÍCULO EXTREMEÑO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO

15 julio 2016

A finales del pasado abril, y en estas mismas páginas que tan amable y gentilmente acogen mis comentarios, intentaba reflexionar sobre el que por entonces era mero proyecto de currículo...

A finales del pasado abril, y en estas mismas páginas que tan amable y gentilmente acogen mis comentarios, intentaba reflexionar sobre el que por entonces era mero proyecto de currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato y al hilo de ese propósito, expresaba mi sorpresa por las actitudes manifestaciones de algunos colectivos de docentes que frete a la reducción de las horas lectivas de su materia, sólo parecían preocuparse de la pérdida de haberes que de esa circunstancia se derivaría para cada uno de ellos sin que hubiera encontrado una al menos leve indicación a las pérdidas formativas e instructivas que el alumnado pudiera padecer ante los cambios y ante la reducción de carga horaria que para esa materia se proyectaba. Y destacaba entonces, como sólo se había protestado por “mi problema”, por ese, en el fondo, objetivo final de “arrimar el ascua a mi sardina”, manifestación de ese tan nuestro “¿Y…,qué hay de lo mío?”

Ahora, en el Diario Oficial de Extremadura del pasado día 6 de julio, se publicó, por la Consejería de Educación y Empleo, el Decreto 98/2016, de 5 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, con lo que aquel proyecto de los primeros meses del año se ha transformado en una gozosa realidad que llegará al alumnado extremeño ya para el inmediato curso escolar.

Para ello, el que era proyecto de Decreto ha sido tramitado oídas las diferentes organizaciones representativas de la Comunidad Educativa así como por la Mesa Sectorial de Educación, que dio unánime "visto bueno" al proyecto, habiendo tenido en cuenta la Administración autonómica para su elaboración más de 700 aportaciones de la comunidad educativa.

Así, con el previo y reglamentario dictamen del Consejo Escolar deExtremadura, de fecha 10 de junio de 2016, a propuesta de la Consejera de Educación yEmpleo, oída la Comisión Jurídica de Extremadura mediante Dictamen 46/2016, de 4 de julio, fue aprobado este Decretoprevia deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 5 de julio de 2016.

El texto legal está distribuido en cinco capítulos. Un capítulo I, artículos 1 a 12destinado a definir y precisar las Disposiciones Generales. Los artículos 13 al 17 forman el capítulo II, La atención a la diversidad, centrado en un aspecto fundamental en cualquier sistema educativo que apueste, como el extremeño, claramente por la calidad de la educación que recibe los alumnos y que busque la inclusión de todos, por medio de ese conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud del alumnado.

El capítulo III, artículos 18 a 21, está centrado en los Aspectos generales de la evaluación, en el que se determinan elementos esenciales de la evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, precisando las necesarias garantías para la obtención de una evaluación objetiva y los documentos oficiales de la evaluación.

El capítulo IV, capítulos 22 a 36, desarrolla la multiplicidad de aspectos de la Educación Secundaria Obligatoria, desde sus principios generales, sus objetivos, la organización general de la etapa y sus ciclos hasta la definición de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento, el consejo orientador al alumnos y las virtualidades del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Los últimos artículos del Decreto, del 37 al 53, constituyen el Capítulo Vel Bachillerado, con una estructura similar a la normativa relacionada con el capítulo precedente.

El Decreto contiene además, ocho disposiciones adicionales e igual número de transitorias, una derogatoria única y dos. Y ocho anexos en los que se incluyen los currículos de todas las materias –troncales, específicas, de libre configuración autonómica- así como los horarios semanales de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento.

En conjunto, el Decreto 98/2016 constituye un muy extenso documento, con poco más de mil doscientas páginas, en el que, como adelantábamos en el mes de abril, los cambios parecen, son, significativos y supone una mejora de la calidad educativa del alumnado extremeño ya que se fundamenta y asienta en el esencial objetivo de alcanzar una educación de calidad que llegue a todo el alumnado.

Y como señalábamos en la anterior entrada sobre el tema curricular, se concede mayor importancia a las asignaturas troncales al tiempo que se realiza una firme y decidida apuesta por impulsar la autonomía pedagógica de los centros educativos, quienes podrán ofertar a su alumnado una materia propia dentro del bloque de asignaturas de libre configuración en Extremadura.

Además de recuperar, para la Secundaria Obligatoria y para el BachilleratoEducación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, recobra la que nunca debió perder condición de materia obligatoria, para 2º de Bachillerato, la Historia de la Filosofía, se incide en uno de los claros objetivos de la educación extremeña desde aquel momento del año 2000, de asumir y gestionar sus competencias educativas, su decidida y firme apuesta por el plurilingüismo -y no se olvide que Extremadura fue la primera Comunidad que introdujo el aprendizaje del inglés a todos los cursos del segundo ciclo de Educación infantil- de tal manera que a partir del inmediato curso escolar, todos los alumnos de Secundaria Obligatoria deberán cursar una segunda lengua extranjera.

Desde la Consejería de Educación y Empleo se manifiesta el inmediato objetivo de dotar a los centros educativos del profesorado "necesario" para desdoblar grupos y "favorecer" una enseñanza de idiomas "completa" y "más personalizada", además de con "más" medios y un "cambio" en la metodología de la enseñanza de idiomas.

De manera complementaria, incidiendo sobre el mismo propósito educativo, permítaseme destacar la firma –Comunidad y Embajador de Francia- de un acuerdo para impulsar la doble titulación de Bachillerato en español y francés en la comunidad autónoma.

El Decreto 98/2016 formaliza las novedades y las modificaciones horarias que se habían apuntado. Por ejemplo, Anatomía Aplicada, asignatura "fundamental" en la opción biosanitaria, pasa de dos a cuatro horas.

De forma similar, se articula un procedimiento más ágil para facilitar la convalidación de asignaturas a los alumnos que simultanean estudios de Bachillerato, de cualquier modalidad, con el Conservatorio. Y, para 2º de Bachillerato, se diseñan unos itinerarios "más flexibles" y con "más posibilidades de elección y combinación" de materias por parte del alumnado, con su objetivo puesto en la especialización para estudios superiores, "pero sin que pierda peso la necesaria formación común."

Otros muchos aspectos de este Decreto serían susceptibles de comentario. Pero permítaseme que concluya con un párrafo del texto que antecede su articulado:

Por lo que respecta a la Educación Secundaria Obligatoria, los planteamientos curriculares que subyacen en el presente decreto, y que deben presidir las concreciones curriculares que realicen los centros educativos, parten de la consideración de que esta etapa forma parte de la educación básica, obligatoria y gratuita para todas las personas. En consecuencia, se considera necesario que la educación, además de procurar y favorecer el éxito académico de todo el alumnado, incluya como esenciales los aspectos que contribuyen al desarrollo integral de la persona, todo ello en la perspectiva de la cumplida y efectiva adquisición de las competencias básicas que los extremeños precisan como ciudadanos europeos, para su realización y desarrollo personal, así como para poder ejercer la ciudadanía activa desde la inclusión social y el empleo, en un contexto democrático y de igualdad de derechos.

La asunción crítica de esa autonomía personal debe culminar en la etapa de Bachillerato, que proporcionará al alumnado la formación, madurez, conocimientos y habilidades que le permitan completar la construcción de su propia identidad y le facilite la elaboración de proyectos de vida personales vinculados a valores democráticos y de igualdad de derechos en el marco de una sociedad en constante evolución.

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