asamblea 8M
  • |
Región Digital

La Junta replica al PP que ha ejecutado en el plazo establecido la sentencia judicial sobre Bonilla y el Epesec

La Junta de Extremadura ha replicado al PP que ha ejecutado en el plazo establecido la sentencia judicial relacionada con el nombramiento de Inmaculada Bonilla como directora del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios (Epesec), con lo que niega las "irregularidades" que dicha formación política entiende que la Administración regional ha cometido en este asunto.

29 marzo 2019 | Publicado : 14:03 (29/03/2019) | Actualizado: 14:03 (29/03/2019)



MÉRIDA, 29 (EUROPA PRESS)

La Junta de Extremadura ha replicado al PP que ha ejecutado en el plazo establecido la sentencia judicial relacionada con el nombramiento de Inmaculada Bonilla como directora del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios (Epesec), con lo que niega las "irregularidades" que dicha formación política entiende que la Administración regional ha cometido en este asunto.

En respuesta a afirmaciones sobre la cuestión realizadas en rueda de prensa este viernes por la portavoz del PP en la Asamblea, Cristina Teniente, el Ejecutivo regional señala así que "no se han cometido ninguna de las irregularidades que se reprochan", además de que "todas las actuaciones realizadas son válidas", de tal forma que "no concurre nulidad alguna" (en alusión a lo señalado por Teniente sobre contratos de transporte escolar en la región).

Al respecto, fuentes de la Junta apuntan a Europa Press que "quien ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia dictada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura no ha sido la Junta sino el demandante, se supone que por haber obtenido una estimación parcial que no satisfacía todas sus pretensiones".

Este recurso presentado por el interesado ante el Supremo, añade el Ejecutivo regional, "no se le ha admitido, por lo que las costas no corresponde abonarlas a la Junta de Extremadura, sino a él como demandante". "Quede claro, por tanto, que la Junta de Extremadura no ha formulado ningún recurso contra la Sentencia, sentencia que por otra parte, la del TSJEx, no condenó en constas a nadie, ni a la Junta ni al demandante", incide.

CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA

En segundo lugar, debido a dicha "inadmisión", según la Junta, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia adquirió firmeza a primeros de enero, "lo que significa que a partir de ese momento se debe ejecutar". Sin embargo, incide en que la Administración dispone de "un plazo para hacerlo de dos meses, pues es transcurrido dicho plazo cuando cualquiera de las partes puede instar su ejecución forzosa".

En este sentido, indica que este plazo "se ha cumplido" desde el momento en que con fecha 26 de febrero, el Consejo de Gobierno ha adoptado un acuerdo "ejecutando la misma".

Este acuerdo "se ha cumplido" igualmente por la Consejería de Educación y Empleo notificando la extinción del contrato de alta dirección a la interesada con fecha 7 de marzo, si bien la misma "no ha podido tener efectos hasta el 22", ya que "había que cumplir los plazos de preaviso a que obliga la legislación laboral, precisamente para impedir el abono de indemnizaciones innecesarias".

LECTURA "SESGADA" DEL PP

También, en cuanto a la lectura "totalmente sesgada y tendenciosa" que a su juicio hace la 'popular' Cristina Teniente de la sentencia, indica que el fallo "ni dice que la Junta se ha saltado la Ley, ni que la aspirante no tenía la titulación necesaria, esto es completamente falso".

"Lo que cuestiona es la valoración de la experiencia profesional por falta de concreción en la documentación aportada, pero no cierra la puesta a que pueda valorarse, añade la Junta, que señala también que "por eso ordena que se anule el nombramiento", lo que según incide "ya se ha hecho", y que "se retrotraigan las actuaciones para que se motive la propuesta conforme a los criterios contenidos en la sentencia en lo relativo a los méritos de experiencia, la entrevista y demás aspectos a valorar, revisión que la sentencia hace extensiva a todos los aspirantes al puesto, incluido el demandante".

"No estamos por consiguiente ante una sentencia demoledora, sino ante una sentencia que reconoce, en su fundamento décimo, que nos hallamos ante un supuesto que suscita dudas y, es por eso, por lo que, dice el juez, que no se condena en costas a nadie", concluye el Ejecutivo regional.

Da tu opinión

NOTA: Las opiniones sobre las noticias no serán publicadas inmediatamente, quedarán pendientes de validación por parte de un administrador del periódico.

NORMAS DE USO

1. Se debe mantener un lenguaje respetuoso, evitando palabras o contenido abusivo, amenazador u obsceno.

2. www.regiondigital.com se reserva el derecho a suprimir o editar comentarios.

3. Las opiniones publicadas en este espacio corresponden a las de los usuarios y no a www.regiondigital.com

4. Al enviar un mensaje el autor del mismo acepta las normas de uso.