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Fin campaña peligro alto incendios en Extremadura con 5.227 hect afectadas, -25% que 2020

El Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremaduraha contabilizado 522 incidentes, de los que 284 se han desarrollado en Cáceres y 238 en Badajoz

15 octubre 2021 | Publicado : 09:10 (15/10/2021) | Actualizado: 12:57 (15/10/2021)

La campaña de peligro alto de incendios forestales de Extremadura ha finalizado con 5.227 hectáreas afectadas, un 25% menos que en el verano de 2020, que se traduce en 2.549 hectáreas menos.

Asimismo, del total de la superficie afectada, 715 ha corresponden a arbolado, 1.304 a matorral y monte bajo, y 3.209 a dehesas y pastos.

Además, según el tamaño del incendio forestal, han tenido lugar 291 conatos inferiores a una hectárea y 321 superiores a esta superficie, informa la Junta en una nota de prensa.

Respecto a la quema de rastrojeras, el director general de Política Forestal, Pedro Muñoz, ha recordado que está prohibida y solo se permite excepcionalmente por motivos fitosanitarios, y tras el preceptivo informe de Sanidad Vegetal.

Pedro Muñoz también ha agradecido la "gran labor" que desempeñan los profesionales que trabajan en la lucha contra incendios forestales en Extremadura y ha reconocido el "buen comportamiento" de la ciudadanía, que es "clave" en cada una de las campañas.

El próximo jueves 21 tendrá lugar en la Consejería de Agricultura la celebración del Comité de Dirección del Infoex, donde se analizará la campaña de extinción de incendios de este año, tras finalizarse la declaración de peligro alto.

PELIGRO BAJO DE INCENDIOS FORESTALES

Al mismo tiempo, durante esta semana se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la entrada en vigor, este próximo sábado, 16 de octubre, de la Orden de Peligro Bajo de Incendios Forestales de Extremadura, por la que se regulan los usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio, se desarrollan las medidas generales de prevención y medidas de autoprotección, en terrenos forestales y su zona de influencia forestal.

Según recoge el DOE, el ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona de influencia de 400 metros. No obstante, la regulación de usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio forestal se extenderá al resto de terrenos incluidos los agrícolas, urbanos, e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.

Entre los usos y actividades sometidos a autorización, se recogen la puesta en funcionamiento de hornos de carbón o de carboneras tradicionales; el empleo del fuego en las zonas fijas para barbacoas y hogueras en áreas recreativas o de acampada, así como las quemas prescritas de vegetación en pie, bajo dosel o experimentales.

Con carácter excepcional, precisarán autorización las quemas de restos de cosecha en pie por motivos fitosanitarios.

Las solicitudes de autorización de quema podrán presentarse por vía telemática a través de la web del Infoex, por fax o en el registro oficial mediante el correspondiente formulario.

Por otra parte, están sometidos a declaración responsable la quema de restos vegetales amontonados y las barbacoas eventuales con vigencia de tres días. Las declaraciones podrán presentarse por vía telemática mediante el modelo incluido en la orden publicada en el DOE.

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