12 mayo 2021 | Publicado : 13:20 (12/05/2021) | Actualizado: 16:56 (12/05/2021)
El Consejo de Gobierno ha autorizado una nueva convocatoria –la segunda- de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, correspondiente a la anualidad de 2021, con una dotación económica de 1.500.000 euros.
El objetivo del mismo es “acompañar a los ciudadanos que no pueden hacer frente al pago del alquiler de su vivienda habitual porque persisten las dificultades económicas generadas por la pandemia”, según ha informado la consejera de Igualdad y portavoz, Isabel Gil Rosiña, en su comparecencia en Mérida para informar de los asuntos acordados en la reunión semanal del Ejecutivo regional.
En concreto, tal y como ha detallado la titular extremeña de Igualdad, estas ayudas que contribuyen a minimizar el impacto económico y social de la Covid 19 en la ciudadanía cuentan en esta ocasión con un presupuesto de 1,5 millones de euros, 200.000 euros más que la convocatoria hecha el año pasado y de la que se beneficiaron 820 solicitantes.
Así pues, Gil Rosiña ha explicado que la cuantía máxima de estas ayudas será de 600 euros, pueden recibirlas las personas que ya obtuvieron la subvención en la anterior convocatoria si persiste su situación, y no son incompatibles con la percepción de cualquier otra ayuda contemplada en el Plan de Vivienda.
INCORPORADO AL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021
Cabe recordar que este programa, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, tiene como objetivo la concesión de ayudas al alquiler a las personas que, como consecuencia del impacto económico y social de la COVID-19, “se hallen en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida”, motivo por el cual “acrediten tener problemas transitorios para atender el pago parcial o total del alquiler, o bien para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el Real Decreto ley 11/2020”.
Para ello, según informa la Junta en una nota de prensa, la cuantía de la ayuda será equivalente al 100% de la renta mensual que deban satisfacer las personas beneficiarias por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 600 euros, hayan o no accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto ley 11/2020, de 31 de marzo.
De este modo, la ayuda se concederá por un plazo máximo de 6 meses, durante las mensualidades que van desde octubre de 2020 hasta junio de 2021, ambas incluidas.
Entre otras obligaciones, las personas beneficiarias deberán tener la vivienda arrendada como residencia habitual y permanente durante las mensualidades a que se refiera la renta subvencionada, así como estar al corriente en el pago periódico de la renta de alquiler y comunicar al órgano directivo competente en materia de vivienda cualquier modificación de las condiciones o requisitos que motiven, o hubieran motivado, el reconocimiento de la ayuda, en el plazo de quince días hábiles.
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