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Publicado proceso admisión y matriculación alumnado en Escuelas de Idiomas enseñanza libre

Los centros ofertarán y distribuirán las plazas disponibles, que deberán ser autorizadas por la Secretaría General de Educación.

18 febrero 2019 | Publicado : 12:17 (18/02/2019) | Actualizado: 00:32 (19/02/2019)

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la orden por la que se regula el proceso de admisión y matriculación del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), en la modalidad libre de régimen especial, de los niveles Básico A2, Intermedio B1 y B2 y Avanzado C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en cada curso académico, en las diferentes EOI de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Así pues, podrán acceder a las enseñanzas de idiomas en EOI, en la modalidad libre, quienes tengan 16 años cumplidos en el año de matriculación en estos estudios, así como los mayores de 14 años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto al cursado como primera lengua extranjera en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

En concreto, la matrícula en cualquiera de los niveles no exige tener superados los anteriores. La obtención de un certificado posibilitará acceder a las enseñanzas del primer curso del nivel inmediatamente siguiente, en la modalidad oficial presencial, semipresencial, o a distancia, según informa la Junta de Extremadura en una nota de prensa.

De este modo, los centros ofertarán y distribuirán las plazas disponibles, que deberán ser autorizadas por la Secretaría General de Educación.

Para su admisión en la EOI solicitada, los aspirantes deberán someterse a un sorteo -cuando el número de plazas ofertadas en la EOI señalada como primera opción sea inferior al número de plazas demandadas-.

La matrícula como alumnado libre en una Escuela Oficial de Idiomas en Extremadura dará derecho, para cada curso académico, a dos convocatorias de la prueba de certificación, una ordinaria y otra extraordinaria.

SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se formalizarán en el impreso normalizado e irán dirigidas a la dirección de la Escuela Oficial de Idiomas señalada como primera opción y se presentarán en la sede de ésta, o en cualquiera de los registros u oficinas autorizados.

La solicitud podrá cumplimentarse, asimismo, a través de los formularios de la Secretaría Virtual de la plataforma educativa Rayuela, y será imprescindible, una vez cumplimentada, imprimirla, firmarla y presentarla, junto con el resto de la documentación, en la EOI solicitada como primera opción, o por cualquiera de los medios indicados.

El plazo de presentación de solicitudes, tanto para la convocatoria de junio como para la de septiembre, será como mínimo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución del secretario general de Educación en el DOE, que se realizará próximamente.

En el plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las EOI resolverán admitiendo a las personas interesadas que acrediten cumplir los requisitos de acceso y hayan obtenido plaza directamente o de acuerdo con el procedimiento de sorteo establecido.

En este punto, explica la Consejería de Educación que una vez finalizado el plazo de matriculación del alumnado admitido en la EOI elegida como primera opción, de acuerdo con el sorteo efectuado, se abrirá un nuevo plazo de tres días hábiles de matriculación hasta poder completar el cupo del idioma correspondiente en el centro elegido como primera opción, tras el que los centros procederán, en el plazo de 5 días hábiles, a enviar las solicitudes del alumnado que no hubiera obtenido plaza a la EOI señalada como segunda opción en la solicitud.

Una vez confirmada la obtención de la plaza mediante resolución publicada en las dependencias establecidas al efecto en la EOI, el alumnado admitido deberá presentar, en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de dicha publicación, el justificante de ingreso del precio público para poder hacer efectiva la confirmación de su matrícula en la EOI correspondiente.

Finalmente, reafirma la Junta de Extremadura que el fomento del plurilingüismo y la capacitación lingüística de la ciudadanía extremeña en idiomas extranjeros es "uno de los objetivos primordiales de la política educativa" de la región, por lo que en el ámbito de sus competencias, desarrolla procedimientos de evaluación y certificación de dicha competencia a través de las EOI, ya sea por medio de una modalidad de enseñanza oficial presencial, semipresencial, a distancia o en la modalidad de enseñanza libre.

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