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FeSP-UGT Extremadura aplaude esta tramitación porque la actual norma es "obsoleta"

El Consejo de Gobierno aprueba un consensuado proyecto de Ley de Coordinación de Policías Locales en Extremadura

Esta nueva Ley, que se presentará en la Asamblea de Extremadura para su debate, modifica la anterior normativa de 1990, cambios necesarios para dar respuesta a las novedosas y crecientes demandas sociales de implicación de las Policías Locales en materia de seguridad, especialmente en cuestiones como la erradicación de la delincuencia próxima, la protección de menores y la lucha contra la violencia de género.

25 abril 2017 | Publicado : 11:04 (25/04/2017) | Actualizado: 20:10 (25/04/2017)

FeSP-UGT EXTREMADURA APLAUDE ESTA TRAMITACIÓN

FeSP-UGT ha valorado "positivamente" la tramitación de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, al entender que en la actualidad el citado colectivo se rige por una norma "obsoleta".

Además, a través de una nota de prensa, el sindicato ha destacado que en la nueva norma, que se tramitará próximamente en la Asamblea de Extremadura, "se recogen todas las aportaciones y adaptaciones que el delegado sindical de los policías locales de UGT, Pedro García Jara ha propuesto".

Finalmente, la organización sindical ha explicado que tras varias reuniones mantenidas con el jefe de Servicios de Interior y Espectáculos de la Junta de Extremadura y el Sindicato de Policía Local de UGT-Extremadura, para negociar la retirada del artículo 54, que hace referencia a la contratación de policías locales interinos, dicha cuestión ha sido "retirada".

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, una norma fruto del consenso con sindicatos, organizaciones profesionales, ayuntamientos y FEMPEX, según la portavoz del Gobierno regional, Isabel Gil Rosiña.

La portavoz ha señalado que, con la normativa, se persigue permitir un mayor y mejor desarrollo de las competencias de la Comunidad Autónoma en el ámbito de las Policías Locales e incrementar la operatividad y eficacia de este servicio.

Sobre las novedades que presenta esta Ley, concretadas, por una parte, en la posibilidad de que la Consejería que tiene competencias en esta materia, Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, permita la asociación de municipios para prestar este servicio público siempre y cuando reúnan una serie de requisitos contemplados en la norma y que son que sean localidades limítrofes, acrediten la no disponibilidad de recursos suficientes para prestar con eficacia los servicios de Policía Local, y que la suma de sus poblaciones no supere los 40.000 habitantes.

La otra novedad que presenta esta Ley se refiere al nombramiento del jefe de la Policía Local, que será efectuado por la Alcaldía por el sistema de libre designación, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad, objetividad y publicidad, previa convocatoria pública en que podrá participar personal funcionario de carrera que tenga la máxima categoría dentro de la plantilla de personal del Cuerpo de Policía del mismo municipio, o entre personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Policía Local de otros municipios de la Comunidad Autónoma siempre y cuando pertenezca a una categoría igual o superior a la de la plaza que debe ser provista y cumpla los requisitos del puesto de trabajo.

A este respecto, Gil Rosiña ha indicado que, con esta forma de nombramiento de los jefes de Policía, se dota a este proceso de la transparencia necesaria y, de este modo, el procedimiento dista mucho de la propuesta de Ley que presentó el anterior Ejecutivo en la pasada legislatura, que no consensuó con las intituciones, ni las asociaciones de Policía y que no vio la luz, entre otras razones, porque proponían la libre designación abierta y no reglada del jefe de la Policía Local, permitiendo que lo ostentara cualquier miembro de un cuerpo de seguridad o del ejército del Estado español. El nuevo procedimiento está negociado y se ha conseguido un acuerdo completo en esta cuestión.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación de la Ley no sólo se circunscribe a los Cuerpos de Policía Local, sino que también a los auxiliares, así como a los funcionarios en prácticas, alumnos y aspirantes que se encuentren realizando cursos selectivos y de formación en la Academia de Seguridad Pública.

Además, Gil Rosiña ha destacado igualmente que la Ley recoge que para los municipios que dispongan en su plantilla de tres o más efectivos de Policía Local, será preceptiva la creación del Cuerpo de Policía Local con independencia de su número de habitantes.

La portavoz ha anunciado también, con respecto a este proyecto de Ley, que se establecerá un Día de la Policía Local que servirá como reconocimiento a estos profesionales.

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