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Hasta el 30 de mayo se puede pagar el de vehículos en período voluntario

El Ayuntamiento de Mérida anuncia que los padrones de vehículos e IBI se encuentran período de pago

En caso de pérdida o no recepción del aviso de pago, el contribuyente podrá solicitar un duplicado durante cualquier día hábil del período voluntario, en el Ayuntamiento de Mérida, o en las oficinas de la calle Almendralejo.

17 mayo 2017 | Publicado : 12:47 (17/05/2017) | Actualizado: 17:50 (17/05/2017)

Hasta el próximo 30 de mayo se podrán pagar, en período voluntario, los recibos por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Mérida, correspondiente al ejercicio 2017.

En cuanto a los recibos por el Impuesto Bienes Inmueble de naturaleza rústica y urbana e I.B.I., los contribuyentes podrán hacer efectivos sus pagos, "sin recargo alguno", durante el período voluntario, en cualquiera de las entidades de depósito que tienen acuerdo de prestación de servicio con este organismo.

En concreto, se trata de Ibercaja, Liberbank, Caixabank, Caja Rural de Extremadura, Caja Rural de Almendralejo, Bankia, Banca Pueyo, Banco Bilbao-Vizcaya-Argentaria, Banco Santander, Banco Popular Español, Caja Duero y Caixa Geral.

Así pues, según informa el Consistorio emeritense en una nota de prensa, el pago se realizará presentando bien en ventanilla o bien en el cajero automático, de igual forma puede realizar el pago telemático accediendo a la oficina virtual de la propia web del O.A.R.

También puede realizar el pago en línea a través de la oficina virtual de la web del O.A.R. de forma telemática sin necesidad de desplazarse, en las siguientes entidades bancarias: Banco Bilbao-Vizcaya, Caja Extremadura, Caixabank, Caja Rural de Extremadura y Grupo Santander, siendo necesario para esta forma de pago el D.N.I. electrónico o certificado digital.

En caso de pérdida o no recepción del aviso de pago, el contribuyente podrá solicitar un duplicado durante cualquier día hábil del período voluntario, en el Ayuntamiento de Mérida, o en las oficinas de la calle Almendralejo.

Cabe destacar que el horario que regirá en las mismas para este cometido será de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

RECIBOS NO DOMICILIADOS

Por otro lado, los contribuyentes que no tengan domiciliados los recibos y cuyo importe sea inferior a 30,00 euros, tendrán un periodo de pago desde 26-05-2016 hasta 31-07-2017. Así, los plazos de los recibos domiciliados con importes superiores a 30,00 euros son los siguientes: I.B.I. URBANA Y RÚSTICA 1-PLAZO 29/05/2017 2017; I.B.I. URBANA Y RÚSTICA 2-PLAZO 04/07/2017 2017; I.B.I. URBANA Y RÚSTICA 3-PLAZO 04/09/2017 2017; e I.B.I. URBANA Y RÚSTICA 4-PLAZO 03/11/2017 2017.

Finalmente, para los contribuyentes que tengan domiciliados sus pagos de I.B.I. y sean de importe inferior a 30,00 euros, así como para los que tengan domiciliados el I.B.I. de características especiales, el adeudo de los mismos se efectuará a partir del 4 de julio de 2017.

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