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Convocada evaluación desempeño función directiva del profesorado de centros públicos

Sobre desempeño de la función directiva de los directores y las directoras de centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Junta

11 octubre 2021 | Publicado : 13:09 (11/10/2021) | Actualizado: 21:27 (11/10/2021)

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una Orden por la que la Consejería de Educación y Empleo convoca el procedimiento de evaluación.

Esta Orden será de aplicación para todo el profesorado funcionario de carrera que desarrolle la función directiva en todos los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo que impartan las enseñanzas definidas en el título I de la Ley de Educación.

A este respecto, se evaluará al personal directivo que concluya, a la finalización del curso académico 2021/2022, su período natural de mandato de cuatro años, y que fue seleccionado mediante los procesos ordinarios de selección o renovación en Extremadura.

La evaluación del desempeño del cargo de director o directora durante su mandato tiene como finalidad general la mejora permanente del ejercicio de la dirección y, en consecuencia, el aumento de la calidad educativa del correspondiente centro docente.

También tiene como objetivo específico posibilitar la renovación del mandato de los directores y las directoras, nombrados previo concurso de méritos, que obtengan una valoración positiva, así como el reconocimiento personal, profesional y económico.

La evaluación del desempeño de la función directiva constituye un factor esencial para su mejora permanente, tiene un carácter continuo y formativo, y atiende a los principios de eficacia y eficiencia, respondiendo a las necesidades institucionales y profesionales.

Los procesos de evaluación de la función directiva tendrán por objeto analizar y valorar la conducta profesional en los distintos ámbitos de actuación de la dirección y el rendimiento o el logro de resultados en el contexto singular del propio centro, así como estimular y orientar la mejora de su práctica.

La evaluación positiva será un requisito imprescindible para la renovación del cargo de aquellos directores y directoras que deseen continuar en el ejercicio del mismo, así como para el reconocimiento personal, profesional y económico.

PARTICIPANTES

Podrá participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas en centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.

Dicho personal debe reunir una serie de requisitos, como la ostentación de la dirección de un centro docente público dentro del plazo de solicitudes y concluir su período natural de mandato de 4 años en el curso académico 2021/2022, habiendo sido nombrado mediante los procesos ordinarios de selección o renovación, convocados oficialmente en Extremadura.

Las solicitudes para participar en este procedimiento se cumplimentarán exclusivamente de forma electrónica a través de los trámites abiertos de la Secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela.

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación será de 10 días hábiles, a contar desde el día 13 de octubre. Es decir, hasta el día 26 de octubre, incluido.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas por la Secretaría General de Educación, se dictará resolución en el plazo de 10 días hábiles, declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos.

Los participantes podrán realizar el seguimiento de los trámites de su solicitud a través de la Secretaría virtual de la plataforma Rayuela, así como de la consulta de las listas de admitidos, que serán publicadas en el tablón de anuncios de la Secretaría General de Educación y en el Portal Educativo de la Consejería de Educación y Empleo ‘Educarex’ (https://www.educarex.es).

Por su parte, la Inspección de Educación realizará de forma continuada, bajo la dirección y coordinación de la Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva, el oportuno seguimiento del ejercicio de la dirección de cada una de las personas que ostenten esta tarea en un centro, durante sus cuatro años de mandato, al objeto de supervisar, asesorar y orientar su labor y colaborar en la mejora continua de la práctica directiva.

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