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PIDE valora se amplie reducción jornada de docentes para atender a hijos con enfermedad

Destaca se haya aprobado una instrucción sobre la aplicación del permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

14 diciembre 2018

El sindicato PIDE celebra que la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación haya aprobado una instrucción sobre la aplicación del permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Esta instrucción desarrolla el artículo 49.e) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y sustituye a la anterior Instrucción nº 3/2016.

La misma "mejora" la anterior siendo "más sensible con situaciones dramáticas y hasta ahora no bien atendidas" por la Administración, que "solo permitía una reducción horaria única del 50 por ciento, ya que ahora con la nueva instrucción la reducción podrá llegar al 99 por ciento, como lo están disfrutando las funcionarias del resto de España desde el año 2015".

Según el RD de 2015, "el funcionario tendrá derecho, siempre que ambos progenitores trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquella, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos de órganos o entidades donde venga prestando servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cáncer o por otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración [...] y como máximo hasta que el menor cumpla los 18 años".

De esta manera, se da una "respuesta mejorada y ajustada a la legalidad vigente" que marca el Estatuto Básico y en consonancia con la gravedad de los casos susceptibles de aplicación de la citada instrucción a los funcionarios docentes de Extremadura, así como se respeta el derecho de los menores al acompañamiento y presencia de sus progenitores durante el tiempo de hospitalización y de tratamiento continuado de la enfermedad.

En estas situaciones, indica el sindicato en una nota de prensa, "la presencia de la madre y el padre resulta más necesaria que nunca para los menores y previene el consecuente estrés y ansiedad que provoca en los padres la imposibilidad de cumplir con su deber de acompañar a sus hijos menores de edad".

No obstante, desde PIDE, consideran que se debería haber reflejado "solamente la reducción máxima de hasta el 99%", en consonancia con el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público.

PIDE considera que "este es el camino correcto" por lo que se debe "seguir avanzando en línea con varias sentencias que reconocen el derecho de los padres de hijos con una enfermedad crónica y grave, que precisa un seguimiento regular y continuo de la medicación, atender debidamente a éstos más allá de lo que conlleva el control del buen padre de familia, y pese a la escolarización regular en un centro educativo no especializado".

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