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Plazo admisión en las Escuelas Oficiales de Idiomas es del 31 de mayo al 13 de junio

Pueden acceder a dichas enseñanzas quienes cumplan los 16 años en 2018 y los mayores de 14 que quieran seguir enseñanzas de un idioma distinto a ESO

29 mayo 2018


Los interesados en cursar estudios en las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI) de Extremadura durante el curso 2018/2019 tienen de plazo desde el 31 de mayo hasta el próximo 13 de junio para solicitar plaza, según establece la orden que regula el proceso de admisión y matriculación en las EOI, publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) y la resolución que se publicará mañana.

Pueden acceder a dichas enseñanzas quienes cumplan los 16 años en 2018 y los mayores de 14 que quieran seguir enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la ESO como primera lengua extrajera.

Las solicitudes se formalizarán en el anexo publicado en el DOE, o se cumplimentarán a través de los formularios de Secretaría Virtual, de la plataforma educativa Rayuela. Para ello, el usuario deberá autentificarse con la clave de acceso.

Una vez cumplimentada la solicitud electrónica, el usuario deberá imprimirla, firmarla y presentarla junto con el resto de la documentación en cualquiera de los registros legalmente establecidos.

Los alumnos y alumnas de nuevo ingreso podrán realizar una prueba de clasificación que les dará acceso al curso y al nivel correspondiente. Las pruebas, que podrán ser unificadas para los respectivos idiomas, tendrán lugar durante los meses de mayo, junio y/o septiembre, dependiendo de las necesidades organizativas de cada EOI.

Cuando la escuela no disponga de plazas suficientes para atender todas las solicitudes, la admisión de alumnos se regirá por criterios como la situación académica, los miembros de familia numerosa y discapacidad.

Así, para los idiomas, cursos y bandas horarias en que el número de solicitudes sea superior al de plazas disponibles, las EOI publicarán además de las listas de admitidos y no admitidos, las listas de espera, que seguirán el orden determinado por la puntuación obtenida en el baremo.

MATRICULACIÓN

En cuanto a los plazos de matriculación, la orden de admisión establece que durante la primera quincena de julio se matriculará el alumnado que haya cursado sus enseñanzas en régimen presencial y que haya aprobado en la convocatoria de junio, mientras que durante el mes de septiembre se matricularán los alumnos que aprueben la convocatoria extraordinaria y los que vayan a repetir curso.

Por su parte, el alumnado de nuevo ingreso podrá formalizar la matrícula durante la primera quincena de julio, o en el mes de septiembre, en los plazos establecidos por cada escuela.

ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA

Por otra parte, el DOE ha publicado la orden por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua inglesa, francesa, portuguesa, italiana o alemana para el desempeño de la docencia bilingüe en centros docentes públicos.

Para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras el profesorado deberá acreditar la competencia lingüística en nivel B2 o superior, además de experiencia docente bilingüe o formación metodológica en bilingüismo de lenguas extranjeras, en el caso de los docentes con experiencia en centros bilingües inferior a un curso completo o a nueve meses no consecutivos o sin experiencia.

Los docentes deberán cumplimentar las solicitudes en la Secretaría Virtual de Rayuela, imprimirlas, firmarlas y presentarlas junto al resto de documentación acreditativa en cualquiera de los registros legalmente establecidos. El plazo para presentarlas comienza el 30 de mayo y finaliza el 19 de junio.

Así, las solicitudes deberán ir acompañadas de una copia auténtica de la acreditación del nivel B2 o superior y la documentación oficial acreditativa de la experiencia docente o certificado de participación en los proyectos de secciones bilingües y, en su caso, las certificaciones de formación metodología en bilingüismo correspondientes a las actividades inscritas en el Registro General de Formación Permanente del Profesorado.

La acreditación del nivel B2 o superior de competencia lingüística se obtendrá mediante la aportación de los títulos de licenciatura en Filosofía y Letras o de Grado equivalente de la lengua extranjera correspondiente, de licenciatura en Traducción e Interpretación de la lengua extranjera correspondiente o título de grado, o de las certificaciones relacionadas en la orden, entre las que figuran las EOI, la UNED, los centros o institutos de Lenguas Modernas, Cambridge, el Instituto Camões y el Instituto Goethe.

Los docentes que quieran solicitar la habilitación en más de una lengua extranjera o para más de un cuerpo docente deberán hacerlo en una única solicitud.

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