Extremadura
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07 abril 2025
El Juzgado de lo Social Número 1 de Badajoz ha dictaminado que el despido disciplinario de un delegado de personal de CCOO en Ambuvital, la empresa adjudicataria del servicio de transporte sanitario terrestre del Servicio Extremeño de Salud.
La sentencia señala que el supuesto perjuicio que argumentaba Ambuvital "no está demostrado" y considera que la decisión de la empresa es de naturaleza "excesiva y abusiva".
Desde Comisiones Obreras,se señala que el trabajador, un conductor que desempeña su labor en Mérida, fue despedido en junio de 2022 y es miembro del comité de empresa.
El juez señala que Ambuvital no fundamenta adecuadamente el despido, limitándose a una "mera mención de los hechos, sin explicar de qué manera causaban estos un daño a la empresa, algo que no sucedía".
Además, la sentencia destaca la mala fe de la empresa, ya que la principal causa alegada para el despido, que era prestar servicio de guardia desde el domicilio, se convirtió posteriormente en una propuesta al comité de empresa para aplicar al conjunto de la plantilla.
El despido se impugnó por los servicios jurídicos de CCOO negando los supuestos daños descritos por la empresa y argumentando que se trataba en realidad de un "despido nulo", por cuanto había sido ocasionado como "represalia" por las reclamaciones del trabajador contra las condiciones en que prestaba su actividad laboral.
Posteriormente, se presentó un recurso de suplicación interpuesto por la empresa que fue inadmitido y el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura no admitió el recurso posterior.
La empresa discutió los cálculos de los salarios de tramitación e ingresó una cantidad mínima que consideró oportuna, lo que el tribunal consideró una prueba más de la mala fe de la empresa. Esta actitud fue "determinante" para desestimar el recurso y ratificar la sentencia inicial.
El fallo subraya la importancia de que las empresas fundamenten adecuadamente los despidos disciplinarios y eviten decisiones "excesivas y abusivas que no tengan en cuenta el perjuicio real causado a la empresa".
CCOO critica que la empresa presentó como testigo a un miembro del Comité de Empresa, liberado sindical de otro sindicato, quien "puso en evidencia, una vez más, que actúa en beneficio de los intereses de la empresa y no de los trabajadores y las trabajadoras".
Desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, se valora la decisión judicial porque preserva los derechos laborales de los trabajadores y las garantías de defensa de sus representantes.
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