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  • 09 oct 2024

Junta regula sistema interno información infracciones normativas y protección informantes

También aprueba el protocolo de actuación para la gestión y tramitación de infracciones, en los términos previstos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero.

17 septiembre 2024

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este martes un decreto por el que se establece el Sistema Interno de Información (SIIF) de infracciones normativas y de protección de los informantes de la Administración General de la Comunidad Autónoma.

Al mismo tiempo, se aprueba el protocolo de actuación para la gestión y tramitación de infracciones, en los términos previstos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

En concreto, la finalidad principal de este nuevo decreto es "facilitar la protección adecuada, ante posibles represalias" a aquellos que informen sobre las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea o que puedan constituir infracción penal o administrativa grave.

Tendrán la consideración de informantes los empleados públicos que hayan obtenido la información en un contexto laboral o profesional que afecte al ámbito funcional de las consejerías u órganos asimilados y en las unidades y centros adscritos o dependientes de ésta, según señala el Ejecutivo regional.

Asimismo, dentro de dicho contexto, los autónomos, accionistas, partícipes y pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos miembros no ejecutivos y cualquier persona que trabaje para la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.

También destaca que este sistema ampara igualmente a quienes comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenidas en una relación laboral finalizada, a las que desarrollen sus funciones en régimen de voluntariado, con becas o en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, y al personal cuya relación funcionarial o laboral no haya comenzado, cuando la información sobre infracciones se haya obtenido durante el proceso de selección.

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