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La comisión de impacto de género en PGEX entra en vigor este martes

Cabe señalar que fue creada mediante decreto de la Consejería de Hacienda y Administración Pública entrará en vigor este martes, día 13.

12 febrero 2018

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La entrada en vigor se producirá tras la publicación ya este lunes, día 12, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) del decreto por el que se crea y regula la composición, organización y funcionamiento de dicha comisión.

La creación y el funcionamiento de la comisión y sus grupos de trabajo no supondrá incremento del gasto público; y la asistencia a las sesiones del Pleno o de los grupos de trabajo de la misma no generará derecho a indemnización por asistencia a órgano colegiado, según consta en el decreto publicado en el DOE, y que recoge Europa Press.

De este modo, con la creación de la citada comisión se cumple con lo contemplado en el artículo 18 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre hombre y mujeres y contra la violencia de género en Extremadura.

En concreto, la Comisión de Impacto de Género de los Presupuestos es un órgano de naturaleza colegiada, de consulta, colaboración, participación y propuesta, integrada en la consejería competente en materia de presupuestos, que tiene como objeto evaluar el impacto de género en el anteproyecto de ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

A la comisión corresponde, sin perjuicio de las competencias atribuidas contempladas en el artículo 26 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre hombre y mujeres y contra la violencia de género en Extremadura, funciones como, en concreto, informar con carácter preceptivo y no vinculante el impacto de género del anteproyecto de ley del presupuesto generales de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio.

También se encargará de promover el objetivo de igualdad de género en las políticas públicas de ingresos y gastos de la Junta de Extremadura, impulsando y fomentando la elaboración, con perspectiva de género, de anteproyectos de los estados de ingresos y de gastos en las diversas consejerías y, cuando proceda, de recursos y dotaciones de las entidades clasificadas como sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Asimismo, en la composición de la comisión se respetará la representación legalmente equilibrada de hombres y mujeres, de acuerdo con los criterios marcados en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura.

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