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El Gobierno recurrirá ante el TC del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura

Equipara la validez de la factura electrónica a la de papel, cuando ésta última es obligatoria, según la normativa estatal, salvo casos excepcionales.

22 noviembre 2019

Ep.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes recurrir ante el Tribunal Constitucional Ley 6/2019, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura, porque equipara la validez de la factura electrónica a la de papel, cuando esta última es obligatoria según la normativa estatal salvo casos excepcionales y en determinadas condiciones.

En concreto, el Gobierno se dirige contra los artículos 13.d), 17.2, 28.6 y 29 de la citada ley por entender que invade competencias del Estado.

La norma fue publicada en febrero y el Gobierno activó la comisión negociadora con la Junta para evitar el conflicto, pero no ha habido acuerdo y lo resolverá el Tribunal Constitucional.

Entre otros aspectos, la ley extremeña regula el documento justificativo de una contratación y asegura que podrá estar en papel o en cualquier otro soporte, "siempre que esté a disposición de la persona consumidora durante la totalidad del plazo legal de garantía".

El Gobierno interpreta que esto supone equiparar la validez del soporte electrónico al papel, cuando la Ley General para la Defensa de los Consumidores y otras normas complementarias, de competencia estatal, señalan que la factura en papel es obligatoria aunque excepcionalmente se pueda emitir por vía electrónica, en determinadas condiciones.

"Con la redacción dada por la Junta de Extremadura a esta disposición, se le está negando al consumidor dicho derecho al equiparar la factura en papel a la factura electrónica y, por tanto, dejándolo a elección del empresario", alega el Gobierno al justificar el recurso.

Añade que la norma autonómica no recoge esas condiciones específicas que se reclaman para admitir la factura sin papel, como el consentimiento expreso previo del consumidor.

El Ejecutivo entiende también que la ley se excede en las competencias autonómicas al regular cuándo las cláusulas del contrato son abusivas y las consecuencias que tienen en la validez de un contrato.

"La razón es que inciden en el contenido de los contratos, entendidos en su sentido material, encontrándonos ante una cuestión reservada a la competencia del Estado", explica el Gobierno.

Se trata de una materia estatal porque este régimen "debe ser uno y el mismo" para todo el país.

Igualmente, el Gobierno recurre otros aspectos que tienen que ver con el régimen hipotecario y con la introducción de derechos y obligaciones en las relaciones contractuales privadas, competencias del Estado.

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