quiron salud
  • |
Región Digital

La Seguridad Social abona 25,8 millones en Extremadura en atrasos por subida de pensiones

Se trata de una paga de atrasos que se abona independientemente y con anterioridad al pago ordinario de la pensión mensual de julio.

27 julio 2018 | Publicado : 14:07 (27/07/2018) | Actualizado: 16:25 (27/07/2018)

Rd./Ep.

La Seguridad Social ha abonado este viernes, 27 de julio, un montante de 25,8 millones de euros en Extremadura en concepto de atrasos por la subida de las pensiones para 2018, correspondientes a los siete primeros meses del año y la extra de junio.

Además, a partir de la nómina de agosto se consolida el incremento del 1,6 por ciento en la mensualidad de las pensiones con carácter general y el 3 por ciento para las mínimas, no contributivas y Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).

De este modo, la Seguridad Social abonará una paga adicional de atrasos este viernes a 221.484 pensiones en Extremadura. Se compensa así la diferencia entre la revalorización del 0,25 por ciento, efectuada en enero de este año, y la aprobada en los Presupuestos Generales del Estado para 2018 del 1,6 por ciento para el conjunto de las pensiones y que alcanza el 3 por ciento para las mínimas, no contributivas y SOVI.

Es decir, se ha hecho un abono único con los atrasos correspondientes a los 7 primeros meses del año y la paga extra recibida junto a la nómina de junio, que supone en Extremadura un desembolso para la Seguridad Social de 25,8 millones de euros.

Se trata de una paga de atrasos que se abona independientemente y con anterioridad al pago ordinario de la pensión mensual de julio, tal y como informa en una nota de prensa la Delegación del Gobierno en Extremadura.

DATOS NACIONALES

Por su parte, la Seguridad Social hará un desembolso por este concepto en el conjunto del Estado de 1.121,69 millones de euros, que beneficiará a las más de 9,5 millones de pensiones (9.439.684).

La cuantía para cada pensión del sistema será de 101,24 euros de media, y de 117,10 en el caso de la prestación de jubilación. El abono correspondiente a la pensión de viudedad asciende a 70,33 euros.

También, a partir de la nómina de agosto, se consolidan las nuevas cuantías con las subidas incorporadas. La pensión media del sistema se eleva a 956,13 euros/mes; la media de jubilación será de 1.101,73 euros/mes y el límite máximo se sitúa en 2.614,96 euros/mes.

En los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2018 se recoge además una subida del 2,75 por ciento (más el 0,25 por ciento aplicado en enero) para las 2.425.422 pensiones mínimas, 324.434 pensiones del SOVI y 548.000 pensiones no contributivas.

Así, la pensión mínima de jubilación, para una persona mayor de 65 años y con cónyuge a cargo, la más frecuente, se sitúa en 810,60 euros/mes; las pensiones mínimas de viudedad para mayores de 65 años quedan fijadas en 656,90 euros/mes, las pensiones del SOVI, 420,50 euros/mes y las pensiones no contributivas quedan en 380,10 euros/mes.

En cuanto al límite de ingresos, compatible con el cobro de pensión mínima, se sitúa en 7.347,99 euros/año.

También se incrementan las prestaciones familiares por hijo a cargo mayor de 18 años con discapacidad del 65 por ciento o superior que, tras aplicar el 2,75 por ciento, quedarán fijadas en 4.561,20€/año.

Si la discapacidad es del 75 por ciento o superior, el importe se eleva hasta los 6.842,40 euros/año. En este caso, el número de personas beneficiadas alcanza las 210.000.

Por último, el límite de ingresos para tener derecho a las prestaciones por hijo a cargo menor de 18 años, sin discapacidad, queda fijado en 11.953,94 €/año, y 17.991,42 en el caso de familias numerosas. Se incrementará en 2.914,12 €/año por cada hijo a partir de cuatro.

PENSIONES DE VIUDEDAD

Además de esta subida para todas las pensiones, el Gobierno central ha aprobado también una modificación en el cálculo de las pensiones de viudedad. Esta medida consiste en un aumento de ocho puntos en el cálculo de la pensión sobre la base reguladora.

Hasta ahora la pensión de viudedad se fijaba calculando el 52 por ciento de la base reguladora; y con la nueva medida del Gobierno y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018 la pensión se fijará en el 56 por ciento de dicha base y desde el 1 de enero de 2019 será el 60 por ciento la cantidad que fijará la cuantía de la pensión.

Esta subida que beneficia a las personas con 65 o más años y que no perciben ingresos por trabajo ni otras pensiones, notarán esta subida a partir de la nómina de agosto.

Esta subida supondrá un incremento en las pensiones que dependerá de las condiciones de cada pensionista pero que tendrá un mínimo aproximado de 50 euros al mes para las pensiones mínimas de viudedad sin complemento de mínimos.

Subida que volverá a incrementarse en las mismas cuantías aproximadamente a partir del 1 de enero de 2019 cuando entra en vigor la nueva tasa de cálculo del 60 por ciento de la base reguladora para las pensiones de viudedad.

En el caso de que sean pensiones complementadas a mínimos, no percibirán variación en la paga por este concepto, ya que el Estado complementa adicionalmente su pensión hasta un mínimo que se fija anualmente en los Presupuestos Generales del Estado; aunque sí se beneficiarán del incremento general del 3 por ciento para las pensiones mínimas.

Así, tener 65 años, no percibir otra pensión pública ni ingresos que superen el límite fijado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para poder beneficiarse de la pensión mínima de viudedad, son los requisitos "imprescindibles" para acogerse del incremento.

En definitiva, el objetivo es el de "mejorar" las pensiones de las personas de mayor edad -65 o más años- con recursos "limitados". En este sentido, la norma señala que no deben percibir otra pensión pública española o extranjera, ni ingresos por trabajo u otros rendimientos por encima del límite establecido en los PGE (7.347,99 euros/año, para 2018).

Los beneficios de este incremento no tienen carácter "consolidable", es decir, la persona recibirá la mejora en la pensión mientras siga cumpliendo los requisitos exigidos en la ley.

Para quienes cobran una pensión de viudedad complementada a mínimos, la subida no supondrá un aumento de la paga. En este colectivo, las pensiones reciben el mínimo establecido cada año en los Presupuestos. Por lo tanto, esta mejora se absorbe parcial o totalmente en el complemento que abona el Estado.

La Seguridad Social prevé que la mejora de la pensión de viudedad afectará a alrededor de 20.000 en Extremadura, a partir del 1 de enero de 2019, cuando se complete el aumento de la viudedad hasta el 60% de la base reguladora.

SUBIDA APLAZADA DESDE 2012

De igual modo, el Real Decreto aprobado este viernes da cumplimiento a la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011 de 1 de agosto -Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social- que preveía la aplicación gradual de la subida, en un plazo de 8 años a partir del 1 de enero de 2012, hasta el 60 por ciento de la base reguladora de la pensión de viudedad.

Los gobiernos posteriores aplazaron la entrada en vigor de la medida hasta el presente año, en que la recién aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 recoge en una de sus disposiciones adicionales un incremento del 4 por ciento en el porcentaje de la base reguladora de la pensión de viudedad y otro 4 por ciento, hasta el 60 por ciento, a partir del 1 de enero de 2019.

Da tu opinión

NOTA: Las opiniones sobre las noticias no serán publicadas inmediatamente, quedarán pendientes de validación por parte de un administrador del periódico.

NORMAS DE USO

1. Se debe mantener un lenguaje respetuoso, evitando palabras o contenido abusivo, amenazador u obsceno.

2. www.regiondigital.com se reserva el derecho a suprimir o editar comentarios.

3. Las opiniones publicadas en este espacio corresponden a las de los usuarios y no a www.regiondigital.com

4. Al enviar un mensaje el autor del mismo acepta las normas de uso.