02 octubre 2018 | Publicado : 18:14 (02/10/2018) | Actualizado: 23:50 (02/10/2018)
El Palacio de la Isla de Cáceres expone en octubre, como Documento del mes, un bando municipal sobre la basura que incluye una serie de normas para el ornato e higiene de la villa, datado en 1834 y procedente de los fondos del Archivo Histórico Municipal.
Así pues, ese año el corregidor de la villa cacereña publica un nuevo bando que, entre otras cosas, establece los lugares que en la plaza pública deben ocupar los mercaderes que habitualmente ofrecen sus productos en ese lugar de la ciudad.
Así, por ejemplo, se obliga a limpiar diariamente los basureros de la villa, así como a depositar los animales muertos a una distancia de mil pasos de la población, junto a la Peñarredonda, el cerro de Cabezarrubia, el Espíritu Santo o junto a San Blas.
También se establecen los lugares por los que deben circular los carros por el centro de la villa, la limpieza o restauración de viejas tenerías en estado de abandono, la prohibición de verter aguas sucias a la calle, la prohibición de tirar tiros dentro de la población o cómo se deben dejar despejadas las calles para que "no embaracen el tránsito de las gentes", según reza en el bando.
Todo ello es "de obligado cumplimiento, bajo la pena de multa o castigo por contravenir cualquiera de las normas dictadas" que, además, obligan a "vagos y mal entretenidos" a recoger y depositar la basura en los lugares establecidos para ello.
De esta forma, el documento aproxima a los que lo presencien a las normas higiénicas que planteaba la villa cacereña para salvaguardar el aseo público, en unos tiempos donde las enfermedades infecto-contagiosas campaban a sus anchas, ante la falta de prevención y la escasez de recursos sanitarios.
Igualmente, el bando expuesto data del siglo XIX pero fue en el siglo XV cuando se promulgó la primera norma municipal relativa al control, por parte de las autoridades, de la limpieza de la villa cacereña, la conocida como Ordenanza de la basura.
Cabe destacar que esta primitiva ordenanza establecía en sus 17 apartados las obligaciones de los vecinos y las penas que se implantan para los que vulneraran la norma.
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