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La Sierra de los Ángeles-La Debra, en Santibánez el Alto, declarada como monte protector

Las parcelas que comprende este monte protector abarcan 598 hectáreas, donde predominan la superficie arbolada con pinos y se recogen en el anexo I del DOE

22 noviembre 2022

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este martes la resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio por la que se declara como monte protector la Sierra de los Ángeles-La Debra, situado en el término municipal de la localidad cacereña de Santibáñez el Alto.

En concreto, según explica la Junta de Extremadura en una nota de prensa, en 2019 la junta gestora del monte realizó la solicitud para la obtención de dicha declaración en terrenos forestales de titularidad privada, como consecuencia, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Consejería redactó una memoria técnica que describe con detalle las características físicas de los terrenos señalados para su calificación como monte protector y la conveniencia de la declaración.

Así pues, entre las razones que justificaban esta calificación destaca que "son terrenos que protegen de la erosión, son cabecera de cuenca, evitan el aterramiento de embalses y además forman parte de una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y una Zona Especial de Conservación (ZEC)".

Por este motivo, la Junta trasladó a propietarios y ayuntamientos esta información y la expuso a información pública y en diciembre del mismo año, la alcaldía se manifiesta favorable.

Las parcelas que comprende este monte protector abarcan 598 hectáreas, donde predominan la superficie arbolada con pinos y se recogen en el anexo I del DOE.

Cabe destacar que esta superficie se incluye en el Registro de Montes Protectores de Extremadura, de acuerdo con el artículo 23 del Decreto 78/2022, de 22 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable a los montes protectores declarados en la comunidad.

A su vez, estos terrenos tendrán la clasificación de suelo rústico protegido, de acuerdo con la normativa vigente.

Contra esta resolución, las personas interesadas podrán interponer potestativamente, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde este miércoles, 23 de noviembre, o bien interponer un recurso contencioso, en un plazo de dos meses.

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