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Iniciado trámite para que Iglesia Santa María de Garrovillas sea Bien de Interés Cultural

A favor del bien mueble 'Órgano de la iglesia parroquial de Santa María de la Consolación' de esta localidad cacereña.

26 marzo 2019

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado en su edición de este martes, 26 de marzo, la resolución por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) a favor del bien mueble 'Órgano de la iglesia parroquial de Santa María de la Consolación' de la localidad cacereña de Garrovillas de Alconétar.

En concreto, este órgano es uno de los "escasos" ejemplos de instrumentos construidos en el siglo XVI aún conservados en España y en Europa y ha despertado el "interés" de "numerosos" estudiosos e historiadores.

El órgano se ubica en el coro alto de la iglesia parroquial de Santa María de la Consolación, de Garrovillas de Alconétar y, aunque la fecha de realización original del órgano no está confirmada, debe localizarse entre la finalización del edificio en 1520 y la cita archivística de su primer organista, Francisco Díaz, en 1578.

Del instrumento original del siglo XVI se conservan tanto la caja como parte de la tubería. La caja del órgano de Santa María de Garrovillas de Alconétar cuenta con una estructura dividida en dos partes, un banco muy estrecho donde se ubica la consola, y por otra parte un cuerpo principal con cinco calles de tubos sonoros, siendo la principal más alta que el resto, según informa en una nota de prensa la Junta de Extremadura.

Rematando cada calle se ubican roleos con decoración vegetal y prótomos diversos, sustituidos por querubines en la calle central, siendo la tubería el elemento "más destacable".

La resolución publicada este martes en el DOE especifica los usos permitidos en el bien, que vendrán determinados y tendrán que ser compatibles con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien.

Además, contribuirán a la consecución de dichos fines, sin degradar la imagen del monumento o poner en peligro la conservación del bien o, lo que es lo mismo, no deberán alterar sus valores patrimoniales.

Entre los "más habituales y necesarios" para la correcta conservación del bien como patrimonio mueble, está la continuidad en su uso como acompañamiento litúrgico y en conciertos, especialmente aquellos de música antigua.

Entre las medidas requeridas para mantenimiento, se encuentran las tareas de afinación y limpieza, siendo recomendables anualmente si bien, por sus características, no son necesarias las intervenciones sobre los tubos de fachada, mientras que en los interiores serán "siempre con carácter reversible" evitando en todo caso el corte de la tubería, la realización de entallas, adiciones, dientes, o la modificación de altura de bocas, por citar algunas.

Para todas estas actuaciones, la Ley 2/1999, de 29 de marzo de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura determina la necesidad de obtener autorización previa de la Consejería competente en materia de cultura.

Por otro lado, la ubicación de este Bien mueble, en el coro alto de la iglesia de Santa María, en el lado del Evangelio, parece corresponder, al menos, con la reforma del siglo XVII, si no con la original, al conservarse la tiranta que lo une al muro.

Así, estando "clara" su orientación y ubicación, el propio coro, en primer lugar, y el resto del templo, en segundo, suponen el espacio sonoro para el que está diseñado el instrumento y, por tanto, un contexto "ineludible" en su protección.

Por otro lado, dada su "histórica vinculación" al templo, el bien resulta "inseparable" del inmueble en el que se encuentra, un edificio también de "gran" valor histórico-artístico, "sin autorización expresa" de la consejería competente en materia de patrimonio cultural.

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