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Agricultura amplía la reducción de la rebaja fiscal del tomate a la provincia de Cáceres

El índice del tomate de 0,26 a 0,18 en los términos municipales de Alcollarín, Almoharín, Logrosán, Madrigalejo, Miajadas y Zorita.

29 mayo 2018

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado una nueva Orden Ministerial por la cual se reducen para el sector del tomate en la provincia de Cáceres el índice de rendimiento neto aplicables sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En concreto, se rebaja, como ocurrió para la provincia de Badajoz con la Orden publicada el 2 de abril, el índice del tomate de 0,26 a 0,18 en los términos municipales de Alcollarín, Almoharín, Logrosán, Madrigalejo, Miajadas y Zorita.

Así pues, la delegada del Gobierno en Extremadura, Cristina Herrera, ha considerado que esta ampliación de la rebaja fiscal para el tomate de la provincia de Cáceres responde "al compromiso adquirido por el Ministerio de Agricultura como ya anunciamos el pasado 6 de abril, cuando aseguramos que en un principio no se había incluido esta reducción de módulos a estos municipios cacereños porque no lo había solicitado en su informe inicial la Junta de Extremadura".

De este modo, una vez solucionado este "error", el Ministerio ha "agilizado administrativamente este proceso para incorporar de forma prioritaria esta rebaja fiscal" al paquete global de bajada de impuestos para el periodo impositivo 2017 por las adversidades climáticas ocurridas el año pasado, especialmente por la sequía, "y en la que no podía faltar el sector del tomate, de tanta importancia también en la provincia de Cáceres".

Además, a través de una nota de prensa, Cristina Herrera ha señalado que "una vez más se demuestra la sensibilidad y el compromiso del Gobierno de Mariano Rajoy con los agricultores y ganaderos de Extremadura" y ha recordado que para este ejercicio fiscal esta rebaja va a suponer un ahorro para sus bolsillos de unos 43 millones de euros, "que servirá de mucha ayuda a los titulares de las explotaciones después de atravesar un último año muy duro desde el punto de vista climatológico".

En este sentido, destaca que en Extremadura el efecto de las reducciones establecidas a escala nacional es "muy importante", ya que se trata de "producciones notables dentro de su ámbito territorial", de tal forma que los cereales pasan de 0,26 a 0,18; las leguminosas de 0,26 a 0,18; la patata, de 0,26 a 0,13, y la fruta de hueso, de 0,37 a 0,20.

Por su parte, y en el caso de los sectores ganaderos, la apicultura pasa 0,26 a 0,13; el bovino de leche de 0,20 a 0,16; el bovino de carne extensivo de 0,13 a 0,09; el bovino de cría extensivo de 0,26 a 0,18; la cunicultura de 0,13 a 0,07; el ovino y caprino de carne extensivo de 0,13 a 0,09; el ovino y caprino de leche extensivo de 0,26 a 0,18; el porcino de carne extensivo de 0,13 a 0,09, y el porcino de cría extensivo de 0,26 a 0,18.

También afecta a la comunidad el equino, que pasa de 0,32 a 0,26; los frutos secos (Castaña) de 0,26 a 0,18; la aceituna de mesa de 0,26 a 0,18, y la uva de vinificación con y sin DO.

A su vez, a nivel provincial, en Badajoz se reduce el Tomate de 0,26 a 0,18, más seis municipios en la provincia de Cáceres. Además, se han efecutado otras reducciones adicionales, entre las que destaca los frutos no cítricos (higos) en 19 municipios; los frutos no cítricos (higos) en 19 municipios, y lfrutos no cítricos (higos) en 19 municipios.

El conjunto de todas estas reducciones puede suponer, para Extremadura, una reducción de la base imponible de los declarantes en el régimen de estimación objetiva agraria, respecto a un año normal, de unos 43 millones de euros.

OTRAS MEDIDAS DE APLICACIÓN GENERAL

También se contemplan reducciones del índice para la actividad agrícola de obtención de arroz, a través de la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del impuesto sobre el Valor Añadido, que incluye la reducción del índice de rendimiento neto para el cultivo de arroz en un 14 por ciento al disminuirlo desde el actual 0,37 a 0,32. Esta reducción se aplica con carácter retroactivo desde el año fiscal 2017.

En cuanto a reducciones para los agricultores que utilicen electricidad para el riego, la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, introdujo para 2014 y con carácter permanente, un coeficiente corrector que podrán seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supondrá una reducción de un 20% del mismo.

A este respecto, informa también que el Gobierno adoptó esta medida, junto con la exención parcial del 85 por ciento del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas de agosto de 2013.

Con ello se tiene en cuenta que dicha subida tuvo un efecto diferencial sobre la agricultura de regadío con respecto a otros sectores de la economía, al incrementar el coste del término de potencia y, en consecuencia, "afectar en mayor medida en las actividades que concentran el consumo en determinadas épocas del año, como es el caso del riego", señala la Delegación del Gobierno.

Finalmente, se mantiene asimismo la reducción del 5 por ciento del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2017, en virtud de la Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre.

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