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30 enero 2026
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El juez que investiga el 'caso Leire Díez', el magistrado Arturo Zamarriego, ha estimado el recurso interpuesto por la defensa de la exmilitante socialista Leire Díez y ha rechazado la inhibición promovida por el Juzgado de Instrucción Número 2 de Badajoz.
De esta forma, vuelven al mismo las actuaciones derivadas de la querella presentada por Hazte Oír contra los supuestos intentos de apartar a la jueza Beatriz Biedma del caso contra el hermano de Pedro Sánchez, al considerar que "no es competente" para conocer de las mismas.
El juzgado pacense remitió a los Juzgados de Madrid la querella presentada por la organización Hazte Oír contra la exmilitante socialista Leire Díez y el exjuez Luis Sáez de Tejada, por presuntos delitos de revelación de secretos, estafa procesal, cohecho y tráfico de influencias.
En su querella, Hazte Oír les acusaba de "intentar sabotear la causa" abierta contra el hermano de Pedro Sánchez en el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, y señalaba su "interés obsesivo" por apartar a la jueza Beatriz Biedma de esta causa.
Asimismo, Arturo Zamarriego ha expulsado como acusaciones particulares de la causa al magistrado jubilado Manuel García Castellón y al empresario Víctor de Aldama, presunto conseguidor del 'caso Koldo', al considerar que no han sido perjudicados por las presuntas maniobras de la exmilitante socialista.
En un auto, recogido por Europa Press, el magistrado emplaza a ambos a que, "si consideran haber sido víctimas", interpongan la correspondiente querella para que se investigue. El instructor, además, les ofrece la posibilidad "de personarse" en esta causa como acusación popular.
Fue el pasado mes de noviembre cuando el juez aceptó que ambos ejercieran como acusaciones particulares al entender que pudieron ser "víctimas o perjudicados" en el marco de este caso, en el que el juez investiga si Díez lideraba una "actuación delictiva, continuada y coordinada" para "recabar información comprometida o irregular de los mandos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de la Fiscalía Anticorrupción" con el fin de "anular o malbaratar" sus investigaciones en "casos relevantes que afectan a políticos y empresarios".
En el caso de Aldama, el juez indica que su representación considera que el empresario habría sido víctima de un delito de revelación de secretos. Sin embargo, precisa el instructor, los hechos a los que se refiere "no guardan relación con los que motivaron la incoación de la presente causa, presuntos delitos de cohecho y trafico de influencias".
GARCÍA CASTELLÓN NO CONCRETA NINGÚN HECHO QUE AVALE SER PERJUDICADO
En cuanto a García Castellón, el instructor sostiene que en su escrito de personación "no hay concreción de ningún hecho que avale su condición de perjudicado en las presentes más allá de indicar que, de diversos artículos periodísticos, se desprendería que" Díez, "presuntamente difundió informaciones presuntamente falsas y todo con la finalidad de menoscabar el honor y la buena e intachable imagen del mismo".
Según el magistrado, "resulta evidente que dicho menoscabo, de tener en su caso relevancia penal, sería un presunto delito de injurias, ajeno al objeto de la presente causa".
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