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Nueva sentencia estima recurso Ayuntamiento Badajoz contra bases Plan Dinamiza Diputación

El juzgado declara "la nulidad de pleno derecho" del decreto impugnado "con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento".

19 julio 2019

Ep.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Badajoz ha estimado, en una nueva sentencia sobre este asunto, el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Badajoz contra el decreto de la presidencia de la Diputación Provincial del 12 de diciembre de 2018, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones que financian actuaciones de inversiones en obras y equipamiento al amparo del Plan Dinamiza 4.

De esta forma, el juzgado declara en esta sentencia, recogida por Europa Press y contra la que cabe recurso de apelación, "la nulidad de pleno derecho" del decreto impugnado "con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento" y con imposición de las costas causadas a la administración demandada.

En los fundamentos de derecho, el juez recuerda que se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la ciudad en una causa "sustancialmente idéntica" a la que se plantea y "donde se esgrimen, en esencia, idénticas pretensiones anulatorias también"; una sentencia que "ha sido íntegramente asumida ya por este Juzgado Contencioso-Administrativo número 1" sobre un supuesto "idéntico al que ahora nos ocupa", añade.

Si bien dicho primer procedimiento versaba sobre un decreto distinto, el de 19 de junio de 2019 por el que se aprueban las bases reguladoras al amparo del Plan Dinamiza Extraordinario 2018, "una lectura exhaustiva del mismo y del expediente administrativo permite comprobar, a la hora de dictar sentencia, la identidad de argumentos y del articulado de ambos decretos", por lo que "los argumentos de la referida resolución judicial resultan plenamente aplicables".

"Y así los acogemos", continúa, para remachar: "en aras asimismo de garantizar una uniformidad en los procedimientos judiciales que, sobre estos asuntos, realicen los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz hemos de acoger íntegramente el texto de la referida sentencia y sus conclusiones, que resultan perfectamente aplicables a las pretensiones ejercitadas en el presente procedimiento y con las que estamos plenamente conformes".

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos que el magistrado del juzgado número 1 reproduce en la nueva sentencia, y que ya estimaba la demanda y la consiguiente declaración de nulidad de las bases reguladoras del Dinamiza Extraordinario de 2018 "por ser contrarias a derecho con los efectos inherentes a esta declaración".

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