Portada

Publicada 1ª relación de más de 140.000 beneficiarios de ayudas directas por borrascas

Los beneficiarios tendrán que comunicar expresamente la aceptación de la ayuda para poder percibirla; dispondrán de un plazo entre el 7 y el 27 de abril.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado este lunes en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) un primer listado de 140.559 agricultores y ganaderos potenciales beneficiarios de las ayudas directas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias de Andalucía y Extremadura como consecuencia de la cadena de borrascas ocurrida entre los meses de enero y febrero.

En concreto, el listado incluye las cuantías individuales que potencialmente podrán percibir y que oscilan entre 5.000 y 25.000 euros.

A su vez, el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes ante los daños causados por diversos episodios climáticos adversos, con especial incidencia en Andalucía y Extremadura, establece distintas líneas de apoyo para el sector agrario por un valor total de 2.874 millones de euros, de los que 2.174 son ayudas directas.

No obstante, el ministerio publicará un segundo listado "próximamente", por lo que aquellos titulares de explotaciones que no figuren en esta primera relación deberán esperar a dicha publicación.

Así pues, para poder percibir la ayuda, los titulares incluidos en este listado deberán realizar una aceptación expresa en un plazo de 15 días hábiles, comprendido entre el 7 y el 27 de abril, ambos inclusive.

Además, según informa el departamento ministerial en una nota de prensa, la aceptación de la ayuda lleva implícita la declaración responsable en la cual el beneficiario confirma expresamente que ha sufrido daños en su explotación como consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos y que el importe de la ayuda que tiene asignada no excede del coste de dichos daños.

De hecho, este paso es "imprescindible", ya que estas ayudas públicas están destinadas exclusivamente a compensar pérdidas reales y acreditadas en las explotaciones afectadas.

La aceptación podrá realizarse de forma sencilla a través de los representantes habituales de los titulares de las explotaciones como entidades colaboradoras, organizaciones profesionales agrarias o asesorías, que están habilitados para gestionar este trámite en nombre de los beneficiarios.

El objetivo es facilitar al máximo el proceso y reducir la carga administrativa para los interesados. No obstante, quienes prefieran realizar la gestión directamente también podrán hacerlo a través del registro electrónico del FEGA, accesible desde su sede electrónica.

La publicación de este listado permite a los potenciales beneficiarios conocer de forma anticipada el importe previsto de la ayuda, en el marco de un procedimiento diseñado para agilizar la tramitación y el pago de estas compensaciones.

Finalmente, con esta actuación, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación avanza en la ejecución de las medidas previstas en el real decreto-ley, con el objetivo de apoyar al sector agrario y contribuir a la recuperación de las explotaciones afectadas por estos episodios meteorológicos adversos.