Extremadura

Extremadura presenta un recurso ante el Supremo contra decreto que regula reparto de MENAs

La Junta también solicitará su suspensión cautelar mientras los tribunales determinan si la norma se ajusta a Derecho.

La Junta de Extremadura recurrirá ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el Real Decreto 556/2026 del Gobierno de España relativo a la capacidad ordinaria del sistema de protección de menores extranjeros no acompañados, y solicitará su suspensión cautelar mientras los tribunales determinan si la norma se ajusta a Derecho.

Así lo ha anunciado este lunes el vicepresidente y consejero de Desregulación, Servicios Sociales y Familia, Óscar Fernández, durante una rueda de prensa que ha ofrecido en Mérida.

En concreto, el Real Decreto establece para Extremadura una capacidad ordinaria de 364 menores extranjeros no acompañados, una cifra fijada por el Gobierno de España sin atender, ha asegurado el consejero, a la capacidad efectiva de la red autonómica de protección ni a la disponibilidad real de plazas en el conjunto del sistema.

Según sus palabras, la decisión de recurrir responde, entre otros motivos, a que Extremadura no dispone de una capacidad ilimitada en su sistema de protección de menores.

Y es que, en el momento en el que se estableció esta cifra, la red extremeña contaba únicamente con 14 plazas libres en el conjunto del sistema, unas plazas que no están reservadas específicamente para menores extranjeros no acompañados, sino que deben permanecer disponibles para cualquier menor que necesite protección por parte de la Comunidad Autónoma.

En este sentido, Fernández ha señalado que no puede transformarse una cifra establecida sobre el papel en una obligación para las comunidades autónomas sin tener en cuenta sus recursos, su capacidad real y el ejercicio de sus competencias en materia de protección de menores, según informa la Junta en una nota de prensa.

Además, el vicepresente ha explicado que considera necesario abordar la cuestión desde una perspectiva más amplia y ha recordado la existencia del acuerdo entre España y Marruecos de 6 de marzo de 2007, relativo a la cooperación en materia de prevención de la emigración ilegal de menores extranjeros no acompañados, su protección y su retorno concertado.

A su vez, este acuerdo contempla mecanismos de identificación y comunicación entre las autoridades, la búsqueda de soluciones orientadas a la reunificación familiar y el retorno concertado de los menores a sus países de origen o su entrega a instituciones de tutela, además de la cooperación para prevenir la emigración ilegal de menores y combatir las redes de tráfico de personas.

A este respecto, el vicepresidente ha afirmado que, antes de establecer mecanismos de reparto entre las comunidades autónomas, el Estado debe hacer uso de los instrumentos de cooperación internacional y bilateral de los que dispone, incluida la aplicación efectiva de los mecanismos previstos en el acuerdo vigente con Marruecos.

Así, Fernández, ha defendido que la respuesta a la llegada de menores extranjeros no acompañados debe garantizar en todo momento su protección, pero también debe respetar las competencias autonómicas y la capacidad real de los sistemas de protección de cada territorio.

Por todo ello, según ha concluido, la Junta acudirá al Tribunal Supremo para que examine la legalidad del Real Decreto 556/2026 y solicitará, como medida cautelar, que se suspendan sus efectos mientras se resuelve el recurso.