Economía

Ayudas a la repoblación de ganado bovino, ovino y caprino

Autorizada la modificación del decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino que sean objeto de vaciado sanitario.

Los cambios se refieren a los beneficiarios de las subvenciones por la repoblación ganadera, entre los que se incluye, además de a los titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino, a las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, es decir, que hayan tenido que proceder al vaciado sanitario de sus explotaciones.

También, se modifican cuestiones relacionadas con los requisitos exigidos a los beneficiarios que, según la nueva norma, deberán mantener, tanto la explotación como los animales objeto de la ayuda, durante un periodo mínimo de dos años.

El decreto aprobado requiere igualmente el compromiso del titular de la explotación de iniciar la repoblación tras un periodo mínimo de cuarentena de tres meses desde el sacrificio de los animales, y que las reses repuestas procedan de explotaciones oficialmente indemnes de tuberculosis bovina, de brucelosis bovina y de brucelosis ovina/caprina, y no sujetas a restricciones de movimiento respecto de la lengua azul o de las encefalopatías espongiformes transmisibles.

También se modifican apartados relacionados con el plazo de presentación de solicitudes y de los procesos administrativos que deberán seguirse.