Cáceres y Provincia
La justicia respalda actuación del Ayuntamiento de Cáceres sobre el edificio de Mejostilla
Se ha denegado las medidas cautelares solicitadas por Feafes Salud Mental Cáceres contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Cáceres
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Concretamente, ha sido, el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, relativo a la extinción del derecho de superficie sobre unos terrenos de propiedad municipal, situados en el barrio de Mejostilla, y que la entidad reclama para poder seguir desarrollando su actividad.
El Auto número 77/2026, de 24 de septiembre, resuelve expresamente "denegar la medida cautelar solicitada" por la entidad, según ha indicado el portavoz del Gobierno local, Ángel Orgaz, este viernes en rueda de prensa, en la que ha explicado que la resolución judicial considera que la decisión del ayuntamiento no concurre el requisito necesario para acordar la suspensión cautelar.
Así, la justicia entiende que la ejecución del acuerdo municipal no generaría una situación jurídica irreversible que pudiera hacer ineficaz una futura sentencia. Es decir, el tribunal entiende que, si finalmente la sentencia que resuelva el fondo del asunto diera la razón a Feafes, podría ejecutarse y permitir que la entidad recuperase el uso de las instalaciones.
El portavoz del equipo de Gobierno, Ángel Orgaz, ha explicado que el Ayuntamiento ha seguido en todo momento el procedimiento administrativo establecido, con la incorporación al expediente de informes técnicos y jurídicos, la audiencia a la entidad y el análisis de las alegaciones presentadas.
La decisión municipal tiene su origen en el derecho de superficie constituido en 1999 sobre una parcela de 7.000 metros cuadrados de propiedad municipal, situada en el Sector 3 de la Mejostilla, y que fue cedida para la construcción de una Mini-Residencia y un Invernadero Ocupacional.
Feafes estuvo desarrollando allí su labor asistencial pero un problema económico que acabó con el impago de nóminas a los trabajadores hizo que la Junta de Extremadura resolviera el contrato de servicios sociales que tenía con la entidad, por lo que tuvo que cerrar el recurso, y el asunto está judicializado.
El ayuntamiento, propietario del edificio, inició entonces el proceso para recuperar el inmueble y, a lo largo de la tramitación, ha incorporado al expediente informes de sus servicios técnicos y jurídicos y ha dado audiencia a la entidad para que pudiera presentar las alegaciones que considerase oportunas.
Entre la documentación incorporada al expediente figura un informe de la Policía Local de enero de 2026 en el que, tras una nueva comprobación de las instalaciones, se señalaba que no existía actividad y que las instalaciones presentaban un estado de abandono, incluyendo la zona de residencia y el invernadero.
Orgaz ha defendido que "esta comprobación no fue un hecho aislado, ya que el expediente recoge también informes anteriores sobre la ausencia de actividad en las instalaciones". De hecho, los servicios jurídicos municipales señalaron que el informe de enero de 2026 reiteraba una situación que ya había sido comunicada y conocida por Feafes, por lo que no suponía la incorporación de nuevos hechos que hubieran provocado indefensión.
Con todo ello, el Pleno del Ayuntamiento acordó el 19 de febrero de 2026 la extinción del derecho de superficie por el incumplimiento de las condiciones establecidas para la cesión de los terrenos, y posteriormente, el 21 de mayo, desestimó el recurso de reposición presentado por Feafes.
El portavoz ha recordado que "la decisión municipal no fue adoptada de manera arbitraria ni al margen del procedimiento, sino después de un expediente administrativo en el que se han incorporado informes de los servicios municipales, se han analizado las alegaciones de la entidad y se han emitido los correspondientes informes jurídicos".
La propia documentación del expediente recoge, además, que la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio y Contratación dictaminó favorablemente la propuesta de extinción del derecho de superficie, tras analizar el expediente y las alegaciones formuladas por Feafes.
El Ayuntamiento de Cáceres mantiene su defensa de la actuación realizada y de la decisión adoptada por el Pleno, al considerar que se ha actuado en defensa del patrimonio municipal y en cumplimiento de las condiciones que regían la cesión de los terrenos.
La resolución del juzgado no pone todavía punto final al procedimiento judicial, ya que queda pendiente que el tribunal se pronuncie sobre el fondo del recurso presentado por FEAFES. Lo que sí establece este auto es que no existen motivos para paralizar cautelarmente la decisión municipal.
SENTENCIA PATINETE
También en materia judicial, la Junta de Gobierno Local ha tomado conocimiento de la resolución dictada por una reclamación de responsabilidad patrimonial por las lesiones sufridas por una persona que circulaba en patinete eléctrico y sufrió una caída en la glorieta de la avenida de la Constitución, por el estado del asfalto.
La parte recurrente ha sido condenada al pago de unas costas de 10.054,02 euros, de las que 5.128,55 euros corresponden a las costas del Ayuntamiento de Cáceres y una aseguradora y de 4.925,47 euros a la UTE Conservación Ceres DMD II.
La tasación ha quedado archivada provisionalmente durante tres años al estar la parte condenada acogida al beneficio de justicia gratuita, a la espera de que mejore su condición económica.