Cáceres y Provincia
La Junta inicia los trámites para declarar la Cruz de Cáceres como BIC
Supondrá una protección del monumento ante la orden gubernamental de retirarla por ser un símbolo franquista.
Ep.
La Junta de Extremadura ha incoado el expediente para declarar Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de Monumento, la Cruz erigida en la plaza de América de Cáceres. El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este martes la resolución, que fue firmada el pasado 12 de agosto por el consejero de Cultura, Turismo y Deportes, Laureano León.
Ahora se abre un periodo de información pública de un mes para presentar alegaciones a esta decisión del Ejecutivo regional que llega después de que el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática del Gobierno de España haya ordenado su retirada del espacio público al considerarlo un símbolo franquista, mientras el Ayuntamiento de Cáceres y la Junta de Extremadura defienden que debe permanecer en su ubicación actual.
El inicio del trámite oficial para declarar BIC este monumento se hace para "el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño" según reza en la resolución regional, que añade que la tramitación del expediente debe continuar de acuerdo con la legislación vigente y se debe notificar a las personas interesadas, al Ayuntamiento de Cáceres y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura para "su anotación preventiva", y publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En el texto de la resolución se reconoce que el monumento tuvo su origen en el acuerdo municipal de 9 de septiembre de 1937 para erigir una cruz en homenaje a los caídos, siendo levantado en plena Guerra Civil e inaugurado en mayo de 1938, pero "la intervención municipal realizada en 1984 modificó sustancialmente su lectura pública, al eliminar las inscripciones y referencias explícitas de exaltación del régimen franquista y dotarlo de un nuevo significado acorde con los valores constitucionales".
"En consecuencia, su valoración patrimonial actual debe entenderse desvinculada de su sentido conmemorativo originario y referida a sus valores formales, artísticos, arquitectónicos y urbanísticos, derivados de su lenguaje austero, geométrico y depurado, de su monumentalidad, de su permanencia en el emplazamiento original y de su papel como referencia visual en la memoria urbana de la ciudad", añade.
Más concretamente, entre las argumentaciones históricas que se recogen en la resolución, se recuerda que en octubre de 1937, el entonces alcalde de Cáceres, Narciso Maderal Vaquero, firmó el contrato para la construcción de la Cruz que "en homenaje de los caídos hijos de la provincia de Cáceres, se alzará a la entrada de la población, en la plaza de América". Su construcción se sufragó con recursos de las arcas municipales y el coste ascendió a 28.041,35 pesetas.
Su diseño fue atribuido al arquitecto municipal cacereño Ángel Pérez, a quien se deben destacados inmuebles y otros monumentos de la capital cacereña realizados "en un momento en el que el impulso dado a la construcción fue definitivo para que Cáceres comenzara a cambiar su imagen", recoge la resolución.
La de Cáceres fue una de las primeras cruces en construirse en toda España y en Extremadura. Sus características formales coincidirían con las que poco después, respecto a los materiales y la estética para con este tipo de monumentos, establecería la Comisión de Estilo en las conmemoraciones de la Patria, creada en febrero de 1938, sólo dos meses antes de la conclusión del monumento cacereño.
RASGOS DE CLASICISMO
La Cruz de los Caídos de Cáceres "presenta rasgos de clasicismo, austeridad y monumentalidad", añade la resolución, al igual que otros edificios que se estaban levantando en la ciudad como la Escuela Normal del Magisterio, construida dos años antes de la Cruz de los Caídos de Cáceres, "con proyecto arquitectónico de la Oficina de Construcciones Escolares de la II República".
También recuerda que la construcción de la Cruz de los Caídos de Cáceres se produjo en zona alejada de la que acaparaba y concentraba la mayor parte de la actividad diaria en la ciudad, que era la calle de Pintores y la Plaza Mayor.
A principios de la década de 1970 se propuso el traslado de la Cruz al conocido hoy como Cerro de los Pinos ante el crecimiento y avance urbanístico de la ciudad por esa zona, ya que "había perdido toda su monumentalidad" y se había visto rebasada en altura por diferentes bloques de viviendas aledaños.
Años más tarde, en 1984, el ayuntamiento cacereño, presidido por el alcalde Juan Iglesias Marcelo, planteó la retirada de la placa conmemorativa con la inscripción original situada en el pedestal de la Cruz de los Caídos que reza: "La ciudad de Cáceres en memoria de sus hijos muertos por la Patria".
Este proceso de resignificación se inscribe en un contexto más amplio de actuaciones similares desarrolladas en España desde los primeros años de la Transición democrática. "En el caso de la Cruz de los Caídos de Cáceres, dicha intervención resulta fundamental para comprender su posterior proceso de patrimonialización, al haber permitido desvincular su lectura pública de los elementos explícitos de exaltación franquista y favorecer su permanencia en el espacio urbano hasta la actualidad, así como su posterior reconocimiento en la normativa urbanística municipal", explica la resolución del DOE.
Ante la intención de proteger el monumento "se tiene en cuenta su condición de estructura monumental situada en el centro de la plaza de América, su acusada presencia visual, su relación directa con el espacio público en el que se implanta y su carácter de hito urbano dentro de la trama contemporánea de la ciudad".
Así, la protección del entorno tendrá por finalidad "preservar la escala, percepción visual, presencia urbana y correcta lectura patrimonial del monumento, evitando intervenciones, instalaciones, elementos de mobiliario, señalización, iluminación, ajardinamiento o pavimentación que puedan alterar negativamente su contemplación, su relación con el espacio público o su carácter de referencia urbana".
En el caso de que finalmente, el monumento fuera declarado BIC, tendrá que someterse a la normativa y su protección vendrá determinada por "su compatibilidad con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien, debiendo contribuir a dichos fines sin degradar la imagen del monumento, poner en peligro su conservación o alterar sus valores patrimoniales".
"Cualquier intervención que pretenda realizarse en el monumento o en su entorno de protección deberá regirse por el artículo 31 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, y deberá ser autorizada por la Consejería competente en materia de cultura y patrimonio, previamente a la concesión de la licencia municipal", recoge la resolución.
Por lo tanto, los proyectos de actuación, así como los criterios de intervención tanto en el monumento como en su entorno de protección, se regirán por los artículos 32 y 33 de la misma ley. El uso actual del bien será compatible con su conservación y con la del entorno de protección, siempre que no altere sus valores patrimoniales.
En cuanto a la autorización particularizada de usos, se estará a lo dispuesto en el artículo 37 de la citada ley, "no pudiendo realizarse obra interior, exterior, señalización, instalación o cambio de uso que afecte directamente al inmueble, a cualquiera de sus partes inte grantes, pertenencias o a su entorno delimitado, sin autorización expresa de la Consejería competente en materia de cultura y patrimonio".
En cualquier caso, los posibles usos del monumento y de su entorno de protección deberán ser siempre compatibles con la conservación del ámbito protegido y no podrán alterar su valor patrimonial, y será preceptiva la autorización de la Consejería competente para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones en el monumento.