Badajoz y Provincia
Dos condenados en Badajoz por manipular el kilometraje en vehículos de ocasión
La sentencia declara probada una estafa continuada que afectó a numerosos compradores y causó perjuicios superiores a 63.000 euros.
La Audiencia Provincial de Badajoz ha dictado sentencia condenatoria contra dos acusados por una trama de manipulación de kilometraje en vehículos de segunda mano comercializados entre los años 2013 y 2017, con el objetivo de venderlos a un precio superior.
En concreto, la resolución judicial considera acreditado que los acusados alteraron los odómetros de diversos vehículos para aparentar un menor uso y venderlos a precios superiores a su valor real.
Así pues, según la sentencia, uno de los condenados modificó o hizo modificar los cuentakilómetros de numerosos vehículos y alteró documentación mercantil relacionada con su importación y venta, mientras que el segundo condenado participó en la comercialización de algunos de estos automóviles con conocimiento de la manipulación realizada.
Los hechos afectaron a doce compradores que adquirieron vehículos con un kilometraje muy inferior al real, sufriendo perjuicios económicos que, en conjunto, superaron los 63.000 euros, ante lo que la resolución recoge indemnizaciones individuales para cada uno de los perjudicados, además de los correspondientes intereses legales, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en una nota de prensa.
PRISIÓN E INDEMNIZACIONES
Así, la Sala condena al principal acusado como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa agravada, imponiéndole una pena de dieciocho meses de prisión y una multa económica, así como el pago de una indemnización que alcanza los 55.366 euros en total a los perjudicados.
El segundo acusado ha sido condenado por un delito continuado de estafa a nueve meses de prisión y al pago de una indemnización de 8.500 euros.
A su vez, la sentencia señala que ambos reconocieron los hechos y mostraron su conformidad con la acusación formulada por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares, circunstancia que permitió la emisión de una sentencia de conformidad. Asimismo, concurrieron las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.
Por otro lado, la sentencia absuelve a una tercera acusada al quedar acreditado que desconocía las actividades desarrolladas por uno de los condenados y retirarse la acusación ejercitada contra ella.
Cabe destacar que la resolución es firme y no cabe recurso ordinario contra ésta al haberse alcanzado la conformidad de las partes.