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Memoria y género

26 julio 2022

La semana pasada tuve la oportunidad de intervenir en un Curso Internacional de Verano de la Universidad de Extremadura, organizado por los profesores Lorena Chano Regaña y Marcos Criado de Diego

La semana pasada tuve la oportunidad de intervenir en un Curso Internacional de Verano de la Universidad de Extremadura, organizado por los profesores Lorena Chano Regaña y Marcos Criado de Diego. El objeto de la actividad era debatir sobre el enfoque de género en la reparación de las víctimas de graves violaciones de Derechos Humanos y su aplicación a las víctimas de la represión franquista.

Todos conocemos miles de casos de personas represaliadas por sus ideas. Es recurrente recordar aquellos que perdieron su vida. Es necesario rescatar todavía un elevadísimo número de ellos que yacen en minas, fosas comunes o cunetas. De ahí el importante componente emotivo que tienen actos como los que celebramos hace unas semanas en Valencia de Alcántara entregando a sus familias los restos de 49 de ellos asesinados en la mina Terría.

A este tipo de represión de desaparición física se le unió, en multitud de casos, la practicada explícitamente con las mujeres. Por todo ello, en esta ocasión quise centrarme en rescatar del silencio la presencia que tienen las mujeres en la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.Valencia de Alcdieron su vida. Eo que tienen actos como los que celebramos hace unas semanas en Valencia de Alcdieron su vida. E

Ya en la exposición de motivos, en un amplio párrafo, se hace alusión a la represión de género y a la imposición de un modelo único de mujer y a una única manera de ser madre, que predominó durante todo el franquismo.

Del mismo modo, se aborda el doloroso tema del robo de bebés y se propone el esclarecimiento y la reparación de este tipo de víctimas.

En el Título Preliminar y como uno de los principios generales se habla de la cultura de igualdad y de paz de hombres y mujeres. Se menciona la diversidad afectivo-sexual y la identidad de género.

Es obligado resaltar el Título I, a mi juicio fundamental, en el cual se hace una denominación de las Víctimas, donde de manera expresa se cita a las mujeres que fueron objeto de ultraje y humillación ejemplarizante por motivos políticos o de etnia.

Además, se incide en la investigación científica y en la divulgación, donde se debe atender, de manera especial, la experiencia de las mujeres en el ámbito de la memoria histórica y democrática y sobre la represión de aquellas, que sin ser asesinadas, sufrieron represión por motivos políticos.

En conclusión, entendemos que el enfoque de género está teniendo un papel muy destacado en una Ley que está tratando de devolver dignidad a las víctimas, reparar el sufrimiento y el dolor de muchas familias y extender, a través de la educación, los conceptos primordiales de ciudadanía.

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