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Aprobado en Consejo de Gobierno

Vulnerar medidas contra pandemia en Extremadura contempla sanciones de hasta 600.000 euros

Según José María Vergeles, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud pública.

22 julio 2020 | Publicado : 13:07 (22/07/2020) | Actualizado: 14:59 (22/07/2020)

El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles el decreto ley por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas adoptadas a causa de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, que va a distinguir las infracciones entre leves, graves y muy graves, con multas que pueden alcanzar hasta los 600.000 euros.

Así lo ha anunciado durante una rueda de prensa celebrada en Mérida el vicepresidente segundo y consejero de Sanidad de la Junta de Extremadura, José María Vergeles, quien ha precisado que esta norma “nace del aprendizaje”, ya que ni la Ley de Salud Pública de ámbito nacional ni la autonómica estaban previstas para situaciones de riesgo colectivo como el que se ha vivido durante los últimos meses.

Por ello, el titular extremeño de Sanidad ha indicado que las medidas adoptadas en el decreto ley suponen una modificación parcial de la Ley de Salud Pública de Extremadura del año 2011 y servirá ya “para cualquier crisis epidémica que se pueda desarrollar en la Comunidad Autónoma".

Así pues, de acuerdo con este decreto ley, se considerarán infracciones administrativas las acciones u omisiones tipificadas en esta nueva norma y en el resto de la normativa en materia de salud pública aplicable dictada en el desarrollo de las previsiones legales.

En concreto, las infracciones serán objeto de las correspondientes sanciones administrativas, previa instrucción del oportuno expediente, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o de otro orden que pudieran concurrir, tal y como informa la Junta en una nota de prensa.

En este sentido, según Vergeles, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud pública, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción, reincidencia y número de personas o vulnerabilidad a la COVID-19 de los colectivos que pudieran verse afectados.

Además, la comisión de las infracciones tipificadas en el decreto ley dará lugar a la imposición de las siguientes sanciones: en el supuesto de infracciones leves, multa de hasta 3.000 euros. En todo caso, la sanción por la falta de uso o uso inadecuado de la mascarilla será de 100 euros.

A este respecto, en el caso de las infracciones graves, multa de 3.001 hasta 60.000 euros, y, en el caso de infracciones muy graves, multa de 60.001 hasta 600.000 euros, ha precisado el consejero.

En definitiva, el decreto ley contempla un régimen sancionador que será aplicable cuando se incumplan las recomendaciones de las autoridades sanitarias con el objetivo de contener la pandemia, según ha explicado Vergeles.

PROFESIONALES SANITARIOS: AGENTES DE LA AUTORIDAD

Entre otros aspectos, se considerará a los profesionales sanitarios y de la salud pública como agentes de la autoridad y se contará con la participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, pero no solo del Estado, sino también los cuerpos de Policía Local, cuya labor tendrá especial importancia.

El decreto ley se refiere también a otras cuestiones como los aforos, el deber del aislamiento de las cuarentenas, de otras medidas de protección como la higiene, y de la permisividad de los dueños, gestores o titulares de establecimientos de hostelería y ocio sobre el incumplimiento de las medidas.

Finalmente, se podrán imponer sanciones accesorias como el cierre de un local si las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad comprueban que hay incumplimientos y que puede haber un riesgo muy importante para la Salud Pública, concluye la Junta.

MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE PREVENCIÓN EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA

Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha decidido modificar el acuerdo por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la entrada en la situación de “nueva normalidad”.

Los aspectos más importantes, según ha explicado Vergeles, son la adaptación de ese acuerdo al uso obligatorio de mascarillas, la apertura del aforo de los mercados al aire libre al cien por cien y la posibilidad de que, en poblaciones de menos de 5.000 habitantes, si así lo deciden las autoridades locales, se puedan organizar verbenas, pero de forma similar a actos culturales.

Es decir, con espacio abierto, aforo limitado, sin permitir el baile social, con un circuito entrada y salida, desinfección del lugar y la inclusión de todas las medidas de seguridad, como soluciones hidroalcohólicas y uso de mascarillas, concluye el Ejecutivo regional.

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