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Municipios de -10.000 habitantes tienen permitida apertura interior bares y restaurantes

Calamonte, Jaraíz de la Vera, Puebla de la Calzada y Valle de Santa Ana deberán esperar a la fase 2 por tener densidad población mayor

22 mayo 2020

Los municipios de menos de 10.000 habitantes no tendrán franjas horarias y tendrán permitida la apertura interior de establecimientos de hostelería, aunque en el caso de los municipios de Calamonte, Jaraíz de la Vera, Puebla de la Calzada y Valle de Santa Ana deberán esperar a la fase 2 por tener una densidad de población superior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.

El Centro de Coordinación Cooperativa Policial ha tratado algunas de las medidas de flexibilización aprobadas esta misma jornada por el Ministerio de Sanidad para las localidades de menos de 10.000 habitantes que se encuentran en fase 1 y que desde este viernes podrán beneficiarse de algunas medidas de relajación contempladas inicialmente para la Fase 2.

Esta medida afecta a la práctica totalidad de los municipios de la región, con la excepción de los mayores de 10.000 habitantes (Badajoz, Cáceres, Mérida, Plasencia, Don Benito, Almendralejo, Villanueva de la Serena, Navalmoral de la Mata, Zafra, Villafranca de los Barros, Olivenza, Montijo y Coria) y otros cuatro que superan la densidad de 100 habitantes por kilómetro cuadrado, que son los ya mencionados de Calamonte, Jaraíz de la Vera, Puebla de la Calzada y Valle de Santa Ana.

Así, la norma recoge que en el resto de municipios de Extremadura se han eliminado las franjas horarias que determinan las salidas de los menores de 14 años y la actividad física no profesional al aire libre. También se elimina el límite de salida de un adulto con un máximo de tres niños y todos los convivientes en un mismo domicilio podrán salir juntos.

El límite para realizar estas actividades es el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que éstos también se beneficien de estas medidas de flexibilización.

En estas poblaciones, podrán salir juntos, respetando siempre las medidas de seguridad e higiene, grupos de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

LOCALES DE HOSTELERÍA ABIERTOS

También recoge la orden que podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, excepto las discotecas y bares de ocio nocturno; en las condiciones contempladas para la fase 2, es decir, con el 40 por ciento del aforo y sin servicio en barra.

Otros aspectos recogidos en la orden atienden a los velatorios, entierros, lugares de culto, servicios de biblioteca y el desarrollo de la actividad deportiva, para los que se aplicarán las medidas de la fase 2.

Para garantizar el cumplimiento de estas medidas de flexibilización, los ayuntamientos y órganos de gobierno de los entes locales, con las diputaciones, y bajo la coordinación de las comunidades, aprobarán planes de adecuación de los espacios públicos.

También podrán adoptar medidas restrictivas en el acceso a los espacios naturales cuando consideren que existe riesgo de formación de aglomeraciones.

ALGUNOS MUNICIPIOS DEBERÁN ESPERAR A LA FASE 2

Sin embargo, la aplicación de la norma limita estas nuevas medidas en aquellos municipios con una densidad de población superior a los 100 habitantes por kilómetro cuadrado.

En el caso de Extremadura esta circunstancia afecta a tres poblaciones de entre 5.000 y 10.000 habitantes y a una de menos de 5.000.

En el primer caso están Calamonte, Jaraíz de la Vera y Puebla de la calzada que superan la densidad de población contemplada en la norma, por lo que no podrán aplicar estas medidas hasta que Extremadura no alcance la Fase 2 de la desescalada.

En el caso de Valle de Santa Ana, con una densidad de población superior a la contemplada en la norma no podrá aplicar las medidas referidas a la apertura de los establecimientos, aunque al ser un municipio de menos de 5.000 habitantes está exenta del cumplimiento de las franjas horarias para la realización de determinadas actividades.

AFOROS MÁXIMOS Y RIESGOS EN LAS COLAS DE ACCESO A ESTABLECIMIENTOS

Asimismo, el Centro de Coordinación Cooperativa Policial también ha tratado en su reunión de este viernes la necesidad de reiterar a los establecimientos la obligación de exponer al público su aforo máximo y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.

Para ello, los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros exigida por el Ministerio de Sanidad.

Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

En la reunión de este viernes, se ha realizado un análisis de los comportamientos detectados en los últimos días en los que se han producido pequeñas aglomeraciones en los accesos a ciertos establecimientos, reiterando la necesidad de controlar tanto por los responsables de los mismos, como por la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el cumplimientos de la distancia mínima de seguridad entre los ciudadanos en las colas de acceso a los diferentes establecimientos.

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