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Aprobadas directrices para contratar personal laboral y nombrar a interinos en Junta

El Consejo de Gobierno ha adoptado un acuerdo por el que se establecen las directrices para la contratación de personal durante 2021

03 marzo 2021

Estas directrices serán de aplicación a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y a sus organismos autónomos, entidades públicas y cualesquiera otras entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de la Administración.

Como criterio general, y de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, la contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de funcionarios interinos para cobertura de vacantes o sustitución transitoria de sus titulares procederá únicamente en casos excepcionales y conforme al procedimiento que se establezca por acuerdo del Consejo de Gobierno.

Antes de solicitar cualquier contratación o nombramiento temporal, el órgano responsable deberá analizar la situación de la plantilla y estudiar la posibilidad de suplir la deficiencia temporal con el personal existente mediante una redistribución de efectivos, reforzando la unidad de que se trate con personal de otras unidades adscritas a la misma consejería (o a sus organismos dependientes) con menos carga de trabajo o bien acudiendo a las formas provisorias existentes en la legislación laboral o funcionarial de aplicación.

Solamente procederá el nombramiento de funcionarios interinos o la contratación de personal laboral temporal en aquellos casos en los que, con carácter excepcional, la incorporación de esos trabajadores tenga por objeto garantizar el adecuado funcionamiento del servicio público, si bien se deberá justificar la imposibilidad de utilizar los procedimientos indicados anteriormente, ha informado la Junta tras la celebración del Consejo de Gobierno.

Por lo que respecta al personal docente no universitario y al personal del Servicio Extremeño de Salud, la contratación o el nombramiento de personal se sujetará al régimen de autorizaciones que determine el centro directivo, debiendo remitir con periodicidad semestral a la Consejería competente en materia de Presupuestos y Función Pública una relación de las contrataciones y nombramientos realizados durante ese período.

Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha adoptado un acuerdo por el que se establecen las directrices para la incorporación de personal indefinido y la contratación de personal temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2021.

La Ley de Presupuestos Generales de Extremadura para el año 2021 prevé que las entidades del sector público empresarial y fundacional cuyos presupuestos se encuentran incluidos en esta norma podrán proceder a la contratación de nuevo personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la legislación básica estatal.

Asimismo, esta ley añade que la contratación indefinida y temporal de personal por estas entidades requerirá, además, la autorización de la Consejería competente en materia de Función Pública y de Presupuestos, previos informes de la Dirección General de Función Pública sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos, y de la Secretaria General de Presupuestos y Financiación sobre las disponibilidades presupuestarias de dichas entidades para llevarlas a cabo.

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