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La Consejería de Agricultura regula la caza del jabalí al salto

Respondiendo a la demanda del sector cinegético y ganadero abrió un proceso participativo y de consenso con todos los implicados y creó un Grupo de Trabajo

21 diciembre 2020

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ultima una orden para la regulación de la modalidad de jabalí al salto que se aprobó en la última modificación de la Ley de Caza para facilitar su control poblacional.

En concreto, la Ley de Caza de Extremadura se modificó en el año 2019 por amplia mayoría en la Asamblea de Extremadura, introduciendo la modalidad de jabalí al salto y estableciendo que la misma se podría practicar en las épocas y zonas que se determinaran reglamentariamente con la finalidad de favorecer la práctica de la caza sobre el jabalí e incrementar la efectividad en el control de sus poblaciones.

De este modo, la Consejería, respondiendo a la demanda del sector cinegético y ganadero abrió un proceso "participativo y de consenso" con todos los implicados y creó un Grupo de Trabajo, tal y como informa la Junta en una nota de prensa.

Además, este Grupo de Trabajo en el que están presentes organizaciones cinegéticas, asociaciones de galgueros, asociaciones agrarias, ecologistas y la FEMPEX, ha dado luz verde con un consenso mayoritario al borrador de Orden por la que se regula la caza del jabalí al salto en Extremadura.

La modalidad de caza de jabalí al salto es aquella en la que los cazadores, de forma individual o agrupados en cuadrillas, baten el terreno, con o sin ayuda de perros, intentando abatir las piezas de jabalí que se levantan a su paso.

De esta forma, podrá realizarse en los cotos privados de caza menor extensivos, en los cotos privados de caza menor intensivos que no planifiquen acciones colectivas de caza mayor, en los cotos sociales, y en las zonas de caza limitada gestionada que estén incluidos en las zonas VC1, VC2 y VC3 del Plan General de Caza de Extremadura.

Asimismo, la Orden incluye la regulación de la caza del jabalí al salto en las comarcas del norte de Extremadura.

Del mismo modo, en estas comarcas clasificadas como VC3 en el Plan General de Caza de Extremadura se permite la práctica de la caza de jabalí al salto con las singularidades con las que se ha venido desarrollando tradicionalmente esta práctica en esas zonas.

Finalmente, la singularidad de esta práctica tradicional de jabalí al salto radica en que un número pequeño de cazadores permanece a la espera, mientras que el resto de los cazadores que forman la cuadrilla, auxiliados por perros, levantan las piezas.

Cabe destacar que la presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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