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Horario de las restricciones nocturnas en Extremadura podría varias según evolución datos

Podría moverse en función de la evolución de esta medida y de los casos de Covid-19 durante los próximos siete o diez días.

26 octubre 2020 | Publicado : 13:10 (26/10/2020) | Actualizado: 16:26 (26/10/2020)

El Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad, José María Vergeles, ha explicado que la elección de esta franja horaria se ha hecho con "todo el respeto posible" a la actividad económica, y sobre todo de la hostelería, como así lo han puesto de manifiesto los agentes sociales y económicos en una reunión mantenida este lunes.

Así, ha insistido en que "en ningún caso debe verse" las medidas contenidas en el Real Decreto por el que se establece el estado de alarma como un "mecanismo de confinamiento general", sino como un instrumento jurídico "de primera necesidad" para abordar una "situación complicada" en el país y en Extremadura con respecto a la pandemia, reiterando que la movilidad se intente limitar en la medida de lo posible "al máximo".

De esta forma, se ha referido a que el Real Decreto tiene como novedades la duración estimada del estado de alarma, que en primer lugar será por 15 días y posteriormente se solicitará la convalidación y prórroga, que presumiblemente se quiere llevar a seis meses.

El consejero ha indicado que el periodo de seis meses es lo que dicen los epidemiólogos que puede durar la lucha contra la pandemia y sería además el tiempo suficiente para poder gestionar al menos las primeras dosis de la vacuna si ésta estuviera en marcha.

También ha recalcado que frente a la primera oleada, que se vivía cada 15 días una "situación de incertidumbre" con cada prórroga, llevar el estado de alarma a seis meses da "seguridad" en la planificación de las medidas a establecer desde el ámbito de la salud pública.

Otro aspecto relevante del estado de alarma, es la restricción de la movilidad nocturna para controlar el ocio no controlado y, si bien el Real Decreto establece un periodo desde las 23,00 horas a las 06,00 horas, el Gobierno de España permite que las comunidades puedan mover tanto el comienzo como el final en el tramo de una hora arriba o abajo.

Finalmente, se ha referido a que el Real Decreto también incluye la limitación de las reuniones a seis personas, salvo que éstas sean convivientes.

En esta línea, el consejero extremeño se ha referido a que después de las restricciones de movilidad nocturna y la limitación de las personas participantes en una reunión, el resto de medidas serán establecidas por el presidente de los Ejecutivos autonómicos una vez que hayan recabado los informes oportunos de los profesionales de salud pública.

Vergeles ha recordado que la Junta de Extremadura siempre ha velado por tener una sociedad sana, sana en el concepto más amplio, sana desde el punto de vista sanitario, que es lo primero para nosotros, y sana también desde el punto de vista económico".

Por ello, y "guardando ese equilibrio" se publicó en la tarde de este pasado domingo un decreto del presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, que establecía las restricciones de movilidad en la región desde 00,00 a 06,00 horas, salvo excepciones justificadas.

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