13 enero 2021 | Publicado : 13:01 (13/01/2021) | Actualizado: 14:44 (13/01/2021)
El decreto 68/2002, por el que se establece y regula el procedimiento para la declaración de Excelencia Termal, establece asimismo el procedimiento para la declaración de Villa Termal, a la que se podrán acoger las localidades que cuenten, al menos en los diez años anteriores, con una instalación de balneario activa y continuada en su casco urbano, además de un número significativo de alojamientos turísticos cuya principal actividad esté vinculada a ese recurso.
Baños de Montemayor cuenta con un balneario declarado de utilidad pública desde el año 1869 por sus aguas minero-medicinales, que son empleadas con fines terapéuticos y preventivos para la salud por un buen número de usuarios que han depositado su confianza en las propiedades de esas aguas.
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