• |
Región Digital

Publicadas las bases para la convocatoria de huertos urbanos en la ciudad de Badajoz

Destinado al autoconsumo de un total de 50 parcelas situadas en la barriada de Suerte de Saavedra, de las que 12 se reservarán a colectivos del barrio.

07 abril 2021

Ep.

El Ayuntamiento de Badajoz ha publicado las bases para la convocatoria de huertos urbanos en la ciudad para el cultivo hortícola y ornamental para autoconsumo de un total de 50 parcelas situadas en la barriada de Suerte de Saavedra, de las que 12 se reservarán a colectivos del barrio.

Una vez transcurridos 15 días hábiles desde este miércoles 7 de abril, se abrirá el plazo para la presentación de solicitudes, según indica el consistorio en su página web, en la que se pueden consultar las citadas bases.

En concreto, el objeto de las bases es regular el procedimiento de adjudicación de autorizaciones para uso, disfrute y aprovechamiento de 50 parcelas para su cultivo hortícola y ornamental para autoconsumo, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora para el otorgamiento de autorizaciones de uso y aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos del Ayuntamiento de Badajoz, aprobada por el pleno.

Los huertos urbanos están emplazados en una parcela calificada como espacios libres o uso equipamientos en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del municipio, se encuentra vallada perimetralmente y dispone de puertas de acceso que permanecerán abiertas durante el horario de uso establecido.

Según el artículo 85.2 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas y el artículo 75.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la utilización de los huertos ecológicos municipales debe calificarse de uso común especial de bienes de dominio público y, por lo tanto, se sujetará a la obtención de la preceptiva licencia municipal.

De este modo, continúan las bases, las licencias se otorgarán directamente, salvo que el número de solicitudes fuera superior al número de huertos que se pueden ofertar, en cuyo caso se concederán mediante sorteo según lo establecido en las presentes bases.

RESERVA Y USO DE LOS HUERTOS

De las 50 parcelas disponibles, 12 quedan reservadas a los colectivos del barrio de Suerte Saavedra, legalmente constituidos y le serán concedidos "en precario", según orden de petición de los mismos y una vez analizado por el Servicio de Parques y Jardines la conveniencia y beneficio social de estas peticiones.

Por tal motivo, el número final de parcelas disponibles, objeto de estas bases, para su concesión por sorteo será de 38 parcelas. La duración de la licencia de uso y disfrute de los huertos urbanos será de tres años contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución municipal que la otorga.

Durante el mes anterior a la finalización, el adjudicatario deberá dejar el huerto limpio y apto para ser cultivado y todas las autorizaciones en cuanto a su duración estarán sujetas a las modificaciones estipuladas en la Ordenanza Reguladora publicada al efecto.

Las parcelas ofertadas se dirigen a personas físicas mayores de edad, asociaciones vecinales y centros educativos y, junto a los colectivos que tienen reservadas 12 parcelas, los destinatarios de los 38 restantes serán personas físicas residentes en Badajoz (una por núcleo familiar), otros colectivos sociales de la ciudad legalmente constituidos que no pertenezcan a los destinatarios de las 12 parcelas reservadas u otros centros educativos existentes en la ciudad.

Entre los requisitos de los aspirantes, en el caso de las personas físicas mayores de edad se cuentan el empadronamiento en el municipio de Badajoz, la capacidad física para realizar trabajo agrícola, y estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el ayuntamiento, mientras que en el caso de las asociaciones vecinales deben reunir condiciones como estar inscritas en el Registro de asociaciones del Ayuntamiento de Badajoz y en el de la Comunidad Autónoma de Extremadura y tener actualizado los datos en dicho Registro con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

La solicitud estará disponible en la página web del ayuntamiento y en su sede electrónica y se presentará, acompañada de la documentación requerida, en la sede electrónica del consistorio o bien en el Registro General del mismo, sin perjuicio de los demás medios de presentación establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Revisadas las distintas solicitudes, se expondrá al público la lista provisional de admitidos, pudiendo presentarse reclamaciones contra la misma por espacio de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a su exposición en el tablón de edictos.

Finalizado dicho plazo y resueltas las reclamaciones se publicará la lista definitiva de admitidos en el proceso de selección, señalando un número a cada uno de los solicitantes según el orden alfabético que aparece en la lista y que será el número con el que participen en el sorteo, sin ningún otro orden de preferencia. Asimismo se indicará en la resolución el lugar, fecha y hora de celebración del sorteo.

RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN

Respecto al régimen de la autorización, las bases indican que la resolución de la concesión de autorización de uso de los huertos ecológicos urbanos será comunicada por escrito a los interesados una vez realizado el sorteo.

Esta resolución contendrá los datos del autorizado, el número y localización del huerto concedido, fechas de inicio y fin de la autorización, y la notificación irá acompañada de las normas de funcionamiento: 'Normas de la horticultura ecológica' y 'Normas de uso', aunque en todo caso el uso se ajustará a lo establecido en la Ordenanza municipal reguladora de los huertos urbanos ecológicos del Ayuntamiento de Badajoz.

La condición de usuario se perderá automáticamente por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 9 de la Ordenanza, tales como renuncia o baja voluntaria mediante escrito presentado en el Registro del ayuntamiento; defunción, enfermedad o incapacidad sobrevenida del titular para trabajar en el huerto (en cuyo caso los herederos legales estarán autorizados a recoger los productos hortícolas y bienes personales que el autorizado pudiera tener en el huerto); pérdida de la condición de empadronado en el municipio de Badajoz o la no atención al huerto durante un mes.

Da tu opinión

NOTA: Las opiniones sobre las noticias no serán publicadas inmediatamente, quedarán pendientes de validación por parte de un administrador del periódico.

NORMAS DE USO

1. Se debe mantener un lenguaje respetuoso, evitando palabras o contenido abusivo, amenazador u obsceno.

2. www.regiondigital.com se reserva el derecho a suprimir o editar comentarios.

3. Las opiniones publicadas en este espacio corresponden a las de los usuarios y no a www.regiondigital.com

4. Al enviar un mensaje el autor del mismo acepta las normas de uso.